Hoy es el último día para presentar la declaración de la Renta. Después de casi tres meses, comenzando la campaña el pasado 6 de abril, se acaba el plazo para saldar cuentas con la Agencia Tributaria. La mayoría de contribuyentes ya habrá cumplido con su deber, declarando el IRPF, pero los más despistados deben saber que, de no presentarla este 30 de junio, recibirán el castigo de Hacienda.
Nadie escapa de su obligación con las arcas públicas, así que conviene recordar las tres vías disponibles para hacer la declaración de la Renta 2021. Aquellos que no quieran desplazarse hasta las oficinas de la AEAT, pueden presentarla por internet a través del servicio de Renta Web. Dentro de este portal, al que se puede acceder pulsando sobre el enlace anterior, hay que identificarse con certificado digital, Cl@ve PIN o número de referencia.
Tras la identificación, aparece el borrador 2021 con los datos del contribuyente completados por defecto. Hay que revisarlos con detalle, pues la agencia pública no asegura que estén actualizados y puede contener errores que nos salgan muy caros. Una vez revisado, habría que confirmarlo, elegir el método de pago y presentarlo. Cuando se presente, es aconsejable apuntarse el CSV que aparece en las páginas del mismo, ya que se utiliza para realizar distintos trámites relacionados con la renta, como es consultar el estado de la declaración.
Junto a esta opción, Hacienda ofrecía hacer la declaración mediante el Plan ‘Le Llamamos’, vía telefónica, o acudiendo de forma presencial en sus oficinas. No obstante, hoy ambos métodos no estarán disponibles para los contribuyentes si estos no han solicitado cita previa antes: las citas se podían conseguir, como máximo, hasta ayer miércoles 29 de junio.
En caso de tener dudas, se puede consultar sus teléfonos de ayuda dedicados a este trámite: los números 91 554 87 70 y 901 33 55 33, que atienden al público de 09.00 a 19.00 horas. Otra alternativa es recurrir a la nueva herramienta de la Agencia Tributaria, ‘Informador Renta’, donde se encuentran resueltas las preguntas más frecuentes y se tiene acceso a un chat con especialistas que atienden en el mismo horario anterior.
Multas por hacer la Renta 2021 fuera de plazo
De presentar la declaración de la Renta fuera de plazo, el contribuyente se expone a multas y recargos como recoge la Ley General Tributaria. Las cuantías varían dependiendo del resultado del borrador, la voluntad de quien lo emite y el tiempo que ha transcurrido. Estas son las consecuencias que impone Hacienda según la situación:
- Declaración con resultado ‘a devolver’ sin requerimiento: si no se ha presentado la declaración a tiempo, cuando existía tal obligación, y el resultado es a devolver (a favor del contribuyente), se recibe una multa de 200 euros que se queda a la mitad si se entrega de forma voluntaria (sin el requerimiento de la agencia pública).
- Declaración con resultado ‘a pagar’ sin requerimiento: si no se ha cumplido el plazo y la renta sale ‘a pagar’, se quedaría en el abono de una serie de recargos si todavía no se ha recibido el requerimiento de Hacienda. Estos equivalen al 1% de la deuda más un 1% adicional por cada mes que haya pasado. En caso de que el retraso fuera de 12 meses, se aplicaría un 15% más los intereses de demora. Aunque se puede conseguir una reducción del 25% de presentar la declaración en el periodo voluntario.
- Declaración ‘a pagar’ con requerimiento: si no se ha presentado una declaración ‘a pagar’ a pesar de haber recibido el requerimiento de la Agencia Tributaria, se sanciona con un recargo de entre el 50 y 150% de lo que se tenía que pagar, dependiendo de la gravedad de la infracción. Si se aceptase esta sanción, se podría reducir un 30% (reducción por conformidad) o un 25% si se ingresa dentro del periodo voluntario que marque la notificación (reducción por pago).
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