La Agencia Tributaria ya ha abonado la devolución de más de 6.000 millones de euros por la declaración de la Renta en la presente campaña. Sin embargo, desde el Fisco apuntan que 80.000 personas deben tener cuidado con la carta del miedo que les puede llegar a sus domicilios por hacer esto en el borrador de la Renta.
Cabe mencionar que hasta el momento se han presentado 15.240.000 borradores, un 7,7% más que el año pasado en las mismas fechas, de las que 11.338.000 han salido a devolver. Pero, ¿cuál es el origen de ese problema?
¿Qué información contienen las cartas del miedo de Hacienda?
De todos esos contribuyentes que han de cumplir con su obligación fiscal de tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Se van a remitir cerca de 80.000 cartas a personas que deben subsanar errores por incidencias en los datos aportados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Si el contribuyente entiende que su declaración era correcta lógicamente no tiene que modificarla, pero si considera que si hay algún tipo de error u omisión de información fiscal, preventivamente, se le da la opción de corregirlo y, así, se evita una eventual comprobación posterior de la Agencia Tributaria, la generación de intereses y la imposición de sanciones.
Para facilitar este proceso, se ha simplificado la navegación por Renta WEB para rectificar una declaración o presentar una complementaria. El contribuyente solo deberá modificar los importes correspondientes y seleccionar la declaración individual o conjunta que desea modificar.
El sistema realizará automáticamente el resto de acciones necesarias. Además, los contribuyentes que reciban un aviso de discrepancias encontrarán en Renta WEB la modificación pre-rellenada con los datos correspondientes.
Las multas por cometer errores en la declaración de la Renta
Escribir un dato incorrecto en la declaración del IRPF está penalizado con sanciones de la Agencia Tributaria. La cuantía habitual es de 100 euros, una vez que se introducen datos erróneos o incompletos. La multa podría subir hasta los 150 euros, según los casos.
Si la renta fuera a devolver o cero, y el ciudadano es quien informa del fallo, la Agencia Tributaria ingresará la cantidad correspondiente, por la cuantía de 100 euros.
Por el contrario, si es Hacienda quien detecta que el borrador debía de haberse presentado y no se ha hecho en el plazo estipulado, la cantidad se restará a la cuantía a devolver una sanción de 200 euros.
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