Deducción por alquiler en Castilla-La Mancha en la Renta 2025-2026

Castilla-La Mancha mantiene una deducción por alquiler muy limitada por renta, aunque mejora su cuantía para los menores de 36 años que viven en municipios pequeños.

Una persona cumplimenta la declaración de la Renta |Europa Press
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Castilla-La Mancha aplica una deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual con uno de los filtros de renta más duros del país. Para acceder a ella, la suma de la base imponible general y del ahorro, una vez minorada en el mínimo por descendientes, no puede superar los 12.500 euros en declaración individual ni los 25.000 euros en conjunta. A cambio, la deducción mejora para los menores de 36 años que tengan su residencia habitual en municipios pequeños o poco poblados, donde puede llegar a 612 euros al año. La información oficial figura en el manual práctico del IRPF 2025 de la AEAT para Castilla-La Mancha.

La campaña de la Renta 2025-2026 comenzó el 8 de abril de 2026 y termina el 30 de junio de 2026. En esta comunidad, la deducción por alquiler no está abierta a cualquier inquilino. La modalidad que recoge la AEAT en esta ficha se dirige a los menores de 36 años, con un refuerzo adicional para quienes residen en determinadas zonas rurales.

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual

La deducción por arrendamiento de vivienda habitual en Castilla-La Mancha permite deducirse con carácter general el 15% de las cantidades pagadas por el alquiler durante 2025, con un máximo de 500 euros al año. Ese porcentaje sube al 20% y el límite se eleva a 612 euros cuando el contribuyente, además de ser menor de 36 años, tiene su domicilio habitual en un municipio de hasta 2.500 habitantes, o en uno de entre 2.500 y 10.000 habitantes situado a más de 30 kilómetros de un municipio de 30.000 o más habitantes.

Para aplicarla, la vivienda alquilada debe constituir, o ir a constituir, la residencia habitual del contribuyente en Castilla-La Mancha durante el período impositivo. Además, en la declaración debe constar el NIF del arrendador. El requisito económico también es especialmente estricto, ya que la suma de la base imponible general y del ahorro, una vez minorada en el mínimo por descendientes, no puede superar los 12.500 euros en tributación individual ni los 25.000 euros en conjunta.

Es una deducción con un alcance reducido, pero para quien encaja en ese perfil puede suponer un alivio real. Sobre todo en el medio rural, donde la norma premia con una cuantía superior a los jóvenes que mantienen allí su residencia habitual.

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