El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva que tiene como finalidad máxima ser una ayuda para las personas con severos problemas económicos. Con casi dos millones de beneficiarios efectivos, según las últimas cifras del Gobierno, son muchos los nuevos solicitantes que dudan acercar de: ¿Cuánto tarda la Seguridad Social en aceptar o rechazar el primer pago de IMV? Como se verá más adelante, hay un tiempo máximo antes de que se considere silencio administrativo.
Al ser una ayuda asistencial, es necesario demostrar una serie de requisitos previos a la hora de presentar la solicitud, aunque pueden solicitarlo personas a nivel individual o dentro de una unidad familiar, ya estén trabajando (asalariados y autónomos) o desempleados. Entre esas exigencias están:
- Tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años, o desde que se alcanza la mayoría de edad si hay familiares a cargo.
- Residir de forma legal en España durante el último año.
- La unidad de convivencia debe estar formada con un mínimo de seis meses. Si se pide de forma individual, la persona debe haberse emancipado con un mínimo de tres años.
- Demostrar que no se sobrepasa un límite de rentas fijado en cada año, en función del tipo de unidad familiar.
¿Cuánto tarda la Seguridad Social en aceptar el Ingreso Mínimo Vital?
La Seguridad Social explica en su portal web cómo puedes saber si vas a cobrar el ingreso mínimo vital y detalla asimismo cuánto tiempo tarda en llegar la resolución que concede o deniega esta ayuda económica.
El plazo máximo para resolver tu solicitud del IMV es de seis meses desde la fecha de presentación, responde el órgano.
Si pasa ese tiempo y no te han aceptado ni respondido a tu petición de cobrar el ingreso mínimo vital, significaría que no te lo aprueban: "Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución expresa, se entenderá denegada la solicitud por silencio administrativo".
Este es el tiempo que se toma la administración pública para analizar si los beneficiarios y la unidad de convivencia cumplen el requisito de vulnerabilidad económica. "La resolución de inadmisión se dictará en el plazo de 30 días, y podrá ser objeto de reclamación administrativa previa que se limitará a conocer sobre la causa de inadmisión. La admisión de la solicitud no obstará a su desestimación si, durante la instrucción del procedimiento, la entidad gestora efectuará nuevas comprobaciones que determinarán el incumplimiento del requisito de vulnerabilidad económica", añade la web.
Una vez que haya sido aprobado, el pago del IMV se realizará de forma mensual y por transferencia bancaria, a la cuenta de la persona titular de la prestación. El derecho a esta nace a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud, informa.
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