Los trabajadores que se encuentren cobrando una prestación contributiva, subsidio por desempleo o Renta Activa de Inserción puede que necesiten salir al extranjero, bien por viaje o para buscar trabajo. Independientemente de la situación, hay que comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y, en el caso de querer buscar trabajo en el extranjero, se podrá solicitar la exportación de la prestación.
Una de las obligaciones incluidas en el compromiso de actividad del SEPE para seguir percibiendo una prestación es comunicar todas las salidas al extranjero, independientemente de la duración o si es por motivos laborales o búsqueda de empleo. No hacerlo, puede conllevar a que el organismo dependiente del Gobierno de España aplique sanciones que irán desde la pérdida de un mes sin prestación hasta la suspensión total de la ayuda.
Además, esta comunicación no podrá realizarse vía telemática. Es decir, es necesario pedir cita previa y comunicar al SEPE en persona que se va a salir al extranjero y dónde se puede ser localizado.
¿Qué pasa si cobro el paro y estoy en el extranjero?
Existen cuatro motivos por los que se puede salir al extranjero cobrando el paro que son: salidas hasta un máximo de 15 días, salidas al extranjero entre 15 y 90 días, salidas por más de 90 días. A continuación, se explica todas y cada una de ellas y como pedir autorización al SEPE.
Salidas al extranjero hasta un máximo de 15 días
Para salidas inferiores a 15 días no es necesario justificar el viaje al Servicio Público de Empleo. Bastará con comunicarlo al SEPE y el organismo entregará al demandante una autorización para autorizar la salida sin que tenga que perder la prestación.
Estas situaciones pueden ser desde un viaje, un acontecimiento o por motivos médicos.
Salidas al extranjero desde los 15 días y hasta los 90 días
En este supuesto tampoco hay que justificar la salida, pero sí pedir autorización. Ahora, el demandante que se encuentre cobrando el paro o un subsidio por desempleo debe saber que durante ese tiempo no se cobra la prestación.
Durante ese tiempo la ayuda quedará paralizada y una vez de vuelta a España, deberá acudir al SEPE y solicitar la reactivación de la prestación. Cabe recordar que no se pierde días de prestación y todo viene regulado en la Sentencia del Tribunal Supremo STS 7817/2012.
Salidas no justificadas al extranjero cobrando el paro
Es posible que el demandante de empleo quiera salir fuera del país para buscar trabajo en el extranjero o para realizar algún tipo de formación académica sin saber cuándo volverá. En esta situación, pueden darse dos situaciones.
La primera de ellas es que la duración de esta salida sea inferior a un año y por motivos de trabajo o formación. En estos casos, de retorno a España, la persona trabajadora deberá comunicarlo al SEPE y podrá solicitar la reanudación del paro.
Es posible que el Servicio Público de Empleo solicite las acciones llevadas a cabo en el país extranjero como certificados de formación, contratos de trabajo u otros documentos relacionados con la búsqueda de empleo.
En el caso de que la salida fuera superior a un año y cuando regrese a España solicita inscribirse como demandante de empleo, no tendrá derecho a pedir la prestación. Si hubiera trabajado en un país no perteneciente a la Unión Europea, Australia o Suiza, podría solicitar el subsidio para emigrantes retornados. En el caso haber trabajado en Europa podrá solicitar que dichas cotizaciones por trabajo se incluyan en sus cotizaciones para pedir el paro.
¿Cómo cobrar el paro estando en el extranjero?
La autorización para salir al extranjero debe de solicitarse en el Servicio Público de Empleo Estatal. Esta debe hacerse antes de los 15 días previos a la salida y se podrá comunicar de forma presencial en las oficinas de empleo, presentando este documento.
¿Cómo exportar el paro al extranjero?
Existe la posibilidad de pedir al SEPE que exporte nuestra prestación a un país de la Unión Europea (UE), Espacio Económico Europeo (EEE) o a Suiza. Se podrá hacer por un periodo de tres meses con la posibilidad de solicitar una nueva prórroga de otros tres meses.
Según explica el organismo, hay que solicitar la autorización de desplazamiento ante el Servicio Público de Empleo Estatal, rellenar y presentar el documento U2 (se facilita en el SEPE) e inscribirse como demandante de empleo en el país al que nos trasladamos. Importante es que una vez inscritos, hay un plazo de 7 días para solicitar la exportación de la prestación.
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