Arsenio Martínez, abogado experto en derecho de familia: “La ropa está incluida dentro en la pensión de alimentos”

A raíz de un caso real, el abogado explica que la ropa está incluida en la pensión de alimentos, pero el progenitor que la paga no puede descontar de la misma el coste de comprar nuevas prendas.

El abogado, Arsenio Martínez |Millennials Abogados
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Las dudas sobre qué gastos se incluyen en la pensión de alimentos son frecuentes entre padres separados o divorciados. Ante esta situación, el abogado especializado en derecho de familia Arsenio Martínez ha querido aclarar, a través de sus redes sociales, qué está incluido en la pensión, con especial atención a la cuestión de la ropa de los menores.

El abogado ha dejado claro que “la ropa está incluida dentro de la pensión de alimentos”, y ha puesto como ejemplo el caso de un cliente que, tras iniciar un convenio regulador con su expareja, empezó a recibir a su hijo los fines de semana con ropa en mal estado y zapatillas rotas. 

El padre se preguntaba si debía asumir el coste de nuevas prendas y si podía descontar ese gasto de la pensión de alimentos que es bastante habitual en estos procedimientos.

Martínez ha aclarado que, no es posible descontar el dinero gastado en ropa de la pensión de alimentos. En su opinión, la única opción para el progenitor es documentar, por ejemplo, mediante vídeos, la recogida y entrega del menor para demostrar un posible incumplimiento del convenio, pero siempre dentro de los cauces legales y sin realizar compensaciones económicas unilaterales.

La ley deja claro qué se incluye en la pensión de alimentos 

La legislación española es clara en este aspecto, y el artículo 142 del Código Civil establece que se entiende por alimentos “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica” e incluye también “la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable”. 

Por tanto, la ropa forma parte de los conceptos que cubre la pensión de alimentos y debe estar garantizada por el progenitor que recibe la custodia.

La abogada Silvia Calzón, explica a través de la web de ABA Abogados, que los gastos cubiertos por la pensión de alimentos “reúnen las características de ser necesarios, periódicos y previsibles”. Esto incluye el mantenimiento diario del menor, el alojamiento, la alimentación, la ropa, la asistencia médica y la educación, dejando fuera únicamente los gastos extraordinarios o imprevistos, que requiere estar aprobados por ambos progenitores. 

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