Compartir piso es cada vez más habitual con los altos precios de la vivienda, y son muchos los que alquilan habitaciones sin tener un contrato. Esta situacion, que puede parecer rápida y conveniente es una de las situaciones más precarias para un inquilino. La ausencia de un documento firmado deja a la persona en una clara desventaja frente al propietario, con menos garantías y mucha más incertidumbre.
Así lo ha explicado el abogado experto en alquiler, Alberto Sánchez, a través de uun video publicado en sus redes sociales LegalMente, en el que advierte sin rodeos que “esta es una de las peores situaciones en las que se puede encontrar un inquilino”.
“Que no haya un contrato por escrito no significa que no haya contrato. Los contratos verbales son perfectamente válidos”, explica. Eso sí, añade un matiz clave, y es que “al no haber un contrato por escrito donde se puedan revisar las condiciones, hay que estar a lo que diga la ley y a las pruebas que se han generado durante la relación”.
Por eso, insiste en la importancia de poder demostrar los pagos, para lo que recomienda que se hagan a través del banco ya que esto permite acreditar que existe una relación de alquiler.
Sin contrato y sin la LAU te pueden echar de un mes para otro
Uno de los mayores problemas es que este tipo de alquiler no está protegido por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). “Al ser un contrato de habitación, no aplica la ley de arrendamientos urbanos… sino que se aplica el Código Civil”, señala Sánchez. Esto deja al inquilino con mucha menos protección legal. Especialmente en lo que respecta a la duración del alquiler, uno de los puntos más críticos.
Según explica el abogado, “si la renta está estipulada en meses, la duración es de un mes cada vez”. Y añade que la consecuencia es que “como lo normal en estos casos es pagar por mensualidades, probablemente… la puedan echar de un mes para otro”.
Aun así, existe un derecho fundamental que se mantiene y es la inviolabilidad del domicilio. “Como esa habitación se considera su domicilio, nadie podría entrar en la habitación sin su permiso, porque el domicilio es inviolable según la Constitución española”, recuerda.
Sin embargo, este derecho no evita la inestabilidad. Sin contrato escrito, todo depende de lo que se pueda demostrar. Por eso, Sánchez recomienda intentar dejar constancia de las condiciones. “Intentar comunicarte con el propietario y establecer una duración, aunque sea… por un email o incluso si se puede por un WhatsApp”, explica.