Ante esta crisis sanitaria son muchas las empleadas de hogar que han visto afectado su trabajo y se han visto abocadas a solicitar el Subsidio Extraordinario para Empleadas de Hogar, pues bien, te contamos a continuación cómo y dónde se puede solicitar el Subsidio para empleadas de hogar.
Esta ayuda extraordinaria por desempleo está regulado por la resolución del SEPE y establece que:
El subsidio extraordinario por desempleo debe solicitarse presentando el formulario tipo disponible en la pagina web y en la sede electrónica del Servicio de Empleo Estatal correctamente cumplimentado y acompañado de una declaración responsable firmada por la persona o personas empleadoras, en la cual se confirme que los datos facilitados por la persona trabajadora solicitante sobre la relación laboral que une a ambos son ciertos.
Presentación de solicitudes del Subsidio Extraordinario para Empleadas de Hogar
Para poder presentar dicha solicitud se podrá hacer por varias vías. La recomendación actualmente por la crisis del Covid-19 es hacerlo telemáticamente, aunque también es posible hacerlo de manera presencial. Te explicamos a continuación ambas opciones y poder optar a esta ayuda.
Presentación solicitud subsidio vía online, se podrá hacer siempre y cuando la persona interesada disponga de DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve, a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado adjuntando la documentación exigida. Próximamente, estará disponible igualmente la solicitud del subsidio en la Sede Electrónica, con los mismos requisitos (DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve).
Presentación solicitud de manera presencial, se podrá descargar e imprimir la solicitud y presentarla en cualquier oficina de asistencia en materia de registros o en las oficinas de Correos, dirigiéndola a la siguiente dirección: Unidad de Subsidio Empleadas de Hogar. Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, Calle Condesa de Venadito nº 9, 28027 Madrid. Para poder descargar e imprimir la solicitud NO será necesario el disponer ni de Cl@ve, ni DNI electrónico, ni certificado digital.
Es el Real Decreto-ley 11/2020 de 31 de marzo el que regula el subsidio de desempleo excepcional por falta de actividad para las personas integradas en el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.
Te dejamos a continuación el enlace al SEPE donde podrás consultar todas las dudas al respecto sobre el Subsidio Extraordinario por desempleo de las Empleadas de hogar.
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