Aunque la edad de jubilación se sitúa en los 65 años, son muchos los autónomos que se preguntan si hay alguna posibilidad de cobrar la pensión de jubilación antes de esta edad. Pues bien, la Seguridad Social permitirá a los trabajadores por cuenta propia cobrar la jubilación anticipada, aunque con penalizaciones en la cuantía. Además, será necesario que cumplan con una serie de requisitos previos.
Esto ocurre cuando muchos ven que sus negocios ya no tienen la rentabilidad y no encuentran otras alternativas para retirarse a la edad legal. Se ofrecerá la posibilidad de acogerse a una jubilación anticipada desde dos años antes, a los 63, cuando se haga de forma voluntaria. El principal requisito es cumplir con unos años mínimos de cotización, como se verá más adelante. Serán unos u otros en función de los años que se hayan cotizado.
A partir de los 65 años, los trabajadores podrán jubilarse, si han cotizado un mínimo de 37 años y nueve meses. Si no se cumple, se deberá esperar a la edad legal, a los 66 años y cuatro meses. Según explica la Seguridad Social, el adelanto voluntario quedará fijado a los 63 cuando se reúnan ciertos requisitos.
Cabe destacar que, en ningún caso, ese retiro podrá ser por un tiempo mayor a los 24 meses (dos años) cuando se haga por voluntad propia. En caso de que se produzca por motivos de fuerza mayor, se abandonará el mercado laboral hasta cuatro años antes.
Requisitos para cobrar una jubilación anticipada a los 63 años
Los trabajadores autónomos que cotizan y se retiran de forma voluntaria tendrán que hacer frente a unos requisitos previos que son los que les permitirá el derecho a dicha pensión contributiva. En este caso se necesitará haber cotizado durante un mínimo de 35 años. En caso de que sea un retiro involuntario, se necesitará demostrar 33 años de aportaciones.
Desde la administración púbica se requiere que la persona haya estado trabajando un mínimo de 15 años, dos de los cuales deben ser anteriores a los 15 años previos a la solicitud. Con esto se tendrá derecho al 50% de la base reguladora que determina la cuantía de la pensión.
¿Cuánto se reduce la pensión de los autónomos cuando se acojan a una jubilación anticipada?
Si tras cumplir con las condiciones anteriores, el trabajador por cuenta propia decide solicitar la jubilación antes de los 65 años, debe saber que la pensión se verá reducida por unas penalizaciones, los coeficientes reductores. Esta reducción será diferente en cada caso, dependiendo de los años que se hayan cotizado para la pensión.
En la siguiente tabla se recogen las penalizaciones voluntarias que reducirán la pensión en 2023:
- Cuando se hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses, la pensión será de entre un 3,26% y un 21% menor, según los meses de adelanto.
- Cuando se hayan cotizado más de 38 años y seis meses, pero menos de 41 años y medio, la rebaja oscilará entre el 3,11% y el 19%.
- Cuando se hayan cotizado más de 41 años y seis meses, pero menos de 44 años y medio, el coeficiente reductor iría desde el 2,96% hasta un 17%.
- En caso de haber cotizado más de 44 años y seis meses, la rebaja será de entre un 2,18% y un 13%.
Este sistema ha quedado fijado así en la última reforma de las pensiones que llevó a cabo el ministro competente, José Luis Escrivá. Los descuentos ya no se aplican por trimestres sino por cada mes de adelanto. El objetivo es que la edad de jubilación anticipada se asemeje cada vez más a la edad ordinaria.
Escrivá ha repetido en varias ocasiones que el objetivo es que se estimule el retraso voluntario y explorar una ampliación del periodo que se toma para calcular el importe de la pensión. Actualmente, se cogen los últimos 25 años.
¿Cuánto se va a cobrar de jubilación anticipada a los 63 años?
Para calcular el importe que va a quedar de jubilación habrá que calcular previamente la base reguladora. El método de cálculo de la Seguridad Social consiste en sumar las bases de cotización de los últimos 300 meses (25 años) y dividirlas entre 350.
A ese resultado se le aplicará un porcentaje en función del número de años cotizados. Son los siguientes:
- 50%, cuando se han cotizado 15 años.
- Por cada uno de los 106 meses siguientes, se consigue un 0,21%.
- Por cada uno de los 146 meses posteriores, se percibirá un 0,19% más.
Cuando se sepa la cuantía definitiva a la que se tiene derecho, se tendrán que aplicar las penalizaciones explicadas, que, realmente, será la cuantía final que cobrará en el momento de convertirse en pensionista.
Si el autónomo quiere saber cuánto le va a quedar de jubilación, podrá acudir a la plataforma web de la Seguridad Social donde hay un simulador que le hará una idea aproximada.
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