La aprobación de una derrama en ocasiones genera conflictos en las comunidades de vecinos, sobre todo cuando se aprueban en una junta extraordinaria, a la que suele ocurrir que acudan menos vecinos. Pero ¿es posible que se prohíba la aprobación de derramas en este tipo de juntas de vecinos?
El administrador de fincas, ha dejado claro en un video publicado en sus redes sociales, que sí es posible prohibir que se aprueben derramas en las juntas extraordinarias de la comunidad de vecinos, aunque para ello se tiene que cumplir con un requisito clave.
Para explicarlo el experto utiliza el ejemplo de un vecino que solicitó incluir en el orden del día de la siguiente junta un punto para debatir, si podía prohibirse la aprobación de derramas en juntas extraordinarias, con el argumento de que la mayoría de propietarios no residen en la comunidad de forma habitual.
Según explica el administrador, el artículo 16.2 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que cualquier propietario puede pedir que la junta estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de interés comunitario. Por tanto, sí es legal incluir este asunto en el orden del día.
Se puede prohibir aprobar derramas en juntas extraordinarias, si los vecinos lo aprueban por unanimidad
Nasu aclara que aunque las juntas extraordinarias tienen capacidad para aprobar presupuestos, obras ordinarias o extraordinarias, sí sería posible establecer una norma que limite esta función. Ahora bien, puntualiza: “Prohibir que se puedan aprobar derramas en juntas extraordinarias equivale a limitar las funciones de la propia junta”.
Esto significa que no basta con una mayoría simple o cualificada, sino que se requiere modificar los estatutos de la comunidad.
El administrador subraya que para que la medida sea válida se necesita unanimidad.“Se podrían prohibir, sí, pero para aprobarlo se requiere la unanimidad, es decir, que todos los propietarios estéis de acuerdo”.
Pone como ejemplo una sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña que confirma que cualquier modificación del título constitutivo o de los estatutos exige el voto favorable de todos los propietarios y la totalidad de coeficientes de participación.
En la práctica, lograr la unanimidad en comunidades numerosas suele ser complicado, por lo que la posibilidad de prohibir la aprobación de derramas en juntas extraordinarias es más teórica que real. Sin embargo, el administrador insiste en que, jurídicamente, el camino existe y puede llevarse a cabo si todos los vecinos están de acuerdo.

