Proteger a los animales y asegurar su bienestar es uno de los objetivos de la Ley de Bienestar animal que entra en vigor el próximo 29 de septiembre. Para ello la normativa prevé unas nuevas condiciones que se tendrán que seguir para poder adoptar o comprar una mascota.
Tener una mascota en casa es una decisión importante, y antes de hacerlo se debe estar seguro de que se le van a dar los cuidados que merecen y se podrán hacer frente a sus necesidades tanto afectivas como económicas, como pueden ser por ejemplo los gatos veterinarios.
Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, establece el proceso a llevar a cabo tanto si se decide adoptar dando una segunda oportunidad a animales abandonados o recogidos de la calle, como si se decide comprar a un criador profesional. ¿Cómo se puede comprar o adoptar una mascota a partir de ahora?
Qué hay que tener en cuenta para adoptar una mascota
Hay que destacar que la adopción de una mascota no es una transacción comercial, es decir que no se cobra por ello, pero sí que se puede solicitar que se compensen los gastos veterinarios básicos de la mascota en el momento de la adaptación, por ejemplo esterilización o vacunas.
Las adopciones tendrán que hacerse a través de centros públicos de protección animal o entidades de protección animal registradas. Y únicamente podrán cederse o adoptarse animales correctamente identificados, es decir, con microchips e inscritos en el Registro de Animales de Compañía de su Comunidad Autónoma.
Para realizar el trámite es obligatorio firmar un contrato de adopción, y que los animales que se entreguen estén esterilizados o con compromiso de hacerlo si en el momento de la adopción no ha sido aconsejable hacerlo.
Además, en el momento de la entrega de la mascota, perros, gatos y hurones en adopción tendrán que tener al menos 8 semanas. El centro deberá entregar toda la información que tengan sobre el animal, sus características y un informe veterinario en el que se detallen los tratamientos, pautas y cuidados que debe tener, además de todas las responsabilidades que el adoptante tiene a partir de ese momento.
¿Qué pasa con la compra de animales?
La normativa también hace especial hincapié en cómo debe ser la compra de animales. La venta de mascotas como perros, gatos y hurones solo podrá hacerse por criadores autorizados, sin que intervenga ningún tipo de intermediarios.
En este caso, al igual que pasa con la adopción, deberá suscribirse un contrato de compraventa entre las partes. Y en los supuestos de perros y gatos, solo podrá hacerse si el animal tiene al menos 2 meses.
Es fundamental que el vendedor entregue a los animales en buen estado de salud, con todos los tratamientos que les correspondan por edad y especie, y sin intentar ocultar ningún problema que tenga el animal a su comprador.
La correcta identificación es obligatoria, y deben estar previamente registrados a nombre del vendedor. Al igual que es obligatorio que se entregue toda la información sobre el animal, el nombre y número de registro del criador, la atención veterinaria y las responsabilidades que adquiere el comprador. Dicha información deberá guardarse durante al menos 3 años.
Una vez se haya efectuado la venta, deberá comunicarse en el Registro de Animales de Compañía en los tres días hábiles posteriores.
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