El Ministerio de Hacienda acaba de avisar de su nuevo servicio de atención al ciudadano por videoconferencia. De este modo, la Dirección General del Catastro ha dado un paso para dar un servicio más accesible a todos los españoles en los puntos de información catastral que se encuentran ubicados en ayuntamientos de toda España.
Con esta medida pretenden dar más cobertura a los núcleos urbanos que se encuentran lejos de las grandes ciudades, de modo que puedan realizar sus trámites en los puntos que se ubicarán en sus ayuntamientos, en los que se podrán concertar videoconferencias con la oficina del Catastro.
Este nuevo servicio está pensado principalmente para que aquellas personas que tienen dificultades de desplazamiento, no quieren perder tiempo, o no disponen de medios tecnológicos, puedan realizar sus gestiones sin ningún inconveniente.
📲 #CatastroDirecto El Catastro de @Haciendagob habilitará un sistema de atención al ciudadano por videoconferencia en los más de 4.450 Puntos de Información que existen en los ayuntamientoshttps://t.co/hYLdSShYHb pic.twitter.com/CUrxUit7gV
— Ministerio de Hacienda (@Haciendagob) January 11, 2024
Qué gestiones se pueden realizar en los Puntos de Información Catastral
Estos puntos están presentes en más de 4.450 municipios que pueden consultarse a través de este enlace, y según informan desde la Dirección General del Catastro en su web, se podrán realizar las siguientes gestiones:
- Consulta de datos catastrales no protegidos, certificación de la referencia catastral y consulta de cartografía.
- Consulta y certificación de datos catastrales protegidos, por los titulares catastrales, sus representantes o personas autorizadas por ellos.
- Certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral.
- Consulta para los titulares catastrales sobre información relativa a las solicitudes de ayuda de la última campaña de la Política Agrícola Común (PAC) con relación a las parcelas rústicas de su titularidad declaradas en las mismas.
- Notificación de acuerdos catastrales
- Consulta y certificación de datos catastrales protegidos por los titulares catastrales de las parcelas colindantes, titulares o cotitulares de derechos reales, de arrendamiento y aparcería así como herederos y sucesores (en los términos del artículo 53.1 c), d) y e) del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario).
- Recepción, digitalización y registro de escritos y documentación relativa a los procedimientos catastrales.
- Servicios integrales de información, así como de asistencia al ciudadano Presentación electrónica de declaraciones catastrales en nombre del interesado, por funcionario público habilitado para ello.
- Concertación de cita previa para ser atendido en las Gerencias.
Cómo acceder a los puntos de información
Para usar estos Puntos de Información Catastral, el solicitante deberá presentarse en el ayuntamiento de una localidad que cuente con este servicio, siempre que actúe por sí mismo o como representante autorizado, presentando en este último caso la documentación que lo acredite.
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