Tener vecinos cercanos en muchas ocasiones es sinónimo de ruidos, y no hay nada más molesto que tener que convivir con unos vecinos ruidosos que hagan fiestas o reformas a horas que no tocan. Los ruidos a deshoras son motivo de multa, que puede alcanzar los 300.000 euros.
Las Comunidades Autónomas y municipios establecen cuáles serán los horarios en los que los ruidos están limitados y no pueden sobrepasar un nivel de decibelios determinado.
Aunque lo habitual es que estos se mantengan entre las 21 horas y las 8 horas de la mañana siguiente, en algunos puntos de España se establece hasta un horario durante la hora de la siesta en el que no se pueden hacer ruidos altos, como por ejemplo una obra o reforma.
Superar los límites de ruidos en horarios no permitidos implica multas de hasta 3.000 euros
Es usual en épocas de verano hacer celebraciones con amigos en las terrazas de las viviendas, o realizar alguna obra reforma en casa aprovechando el buen tiempo. Estas actividades están permitidas siempre y cuando se respeten los horarios y las limitaciones de ruido establecidas en cada localidad.
Aunque las sanciones económicas dependerán de la ubicación en la que se encuentre la persona denunciada por ruido, las multas pueden alcanzar miles de euros según la localidad, en Madrid por ejemplo el Ayuntamiento sanciona con hasta 3.000 euros.
Por otro lado, la ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, recogida en el BOE, establece en su artículo 28 que “sin perjuicio de las infracciones que puedan establecer las comunidades autónomas y los ayuntamientos, las infracciones administrativas relacionadas con la contaminación acústica se clasifican en muy graves, graves y leves”.
Dependiendo de la gravedad de las mismas, dicha ley establece que los importes de las sanciones serán los siguientes:
- Infracciones muy graves: multas desde 12.001 euros hasta 300.000 euros.
- Infracciones graves: multas desde 601 euros hasta 12.000 euros.
- Infracciones leves: multas de hasta 600 euros.
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