El aumento de las compras por internet disparadas por la pandemia y el avance en la seguridad de pagos online, ha provocado que la entrega de paquetes a domicilio se incremente. Recibir estos envíos implica, en la mayoría de los casos, estar en casa en el momento de la entrega pero si se sabe que no habrá nadie, la práctica más común es pedirle a un vecino que 'haga el favor' de recibirlo. Sin embargo, esto puede conllevar multas que llegan a los 140.000 euros para las empresas que entregan el paquete a un destinatario distinto al que aparece autorizado.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es el organismo encargado vigilar y sancionar a las empresas de envíos que por decisión propia del mensajero o repartidor, se deja el paquete en una casa, tienda o dirección diferente a la que se registra. Este ha sido el motivo por el cual, la AEPD impuso una multa de 100.000 euros más 40.000 por reincidencia a la compañía de reparto norteamericana, UPS.
La segunda multa para UPS
La empresa de reparto estadounidense, UPS no es la primera vez que recibe una multa de la Agencia Española de Protección de Datos por dejar los envíos en manos de terceras personas que no están autorizadas a recibirlos. La primera vez fue en noviembre de 2022 cuando un usuario denunció a Mediamarkt, porque el repartidor de UPS dejó el paquete, por decisión propia, a otra persona no autorizada. En ese momento la multa alcanzó los 70.000 euros.
Recientemente, la AEPD ha vuelto a sancionarlos por dejar el envío en un local comercial, cercano al domicilio autorizado de entrega, por lo que al ser reincidente, la sanción económica aumentó y llega a los 140.000 euros. Según la resolución, el repartidor al no encontrar a nadie en la casa, decidió dejar el envío en la heladería de abajo y le envió un audio de WhatsApp al destinatario para avisarle y seguir con su reparto.
Te digo que el paquete te lo he dejado en la heladería que tienes abajo
La usuaria fue quien denunció por no haber autorizado que el paquete sea dejado en otro lugar que no sea su domicilio.
Por qué pone estas multas la AEPD
La Agencia Española de Protección de Datos considera que en estos casos la empresa UPS comete una infracción a la ley de protección de datos, ya que expone información de terceras personas a otras no autorizadas a tenerla. Este incumplimiento se considera muy grave debido a que vulnera la confidencialidad de los datos personales del destinatario, por este motivo, se sanciona con 100.000 euros.
En el caso concreto de UPS, al ser reincidente, también se les suman otros 40.000 euros, lo que da el total de 140.000 euros. Tal cual se señala en la resolución de la AEPD.
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