Lo que empezó como un acto de generosidad entre amigos ha acabado en los tribunales. Un propietario en Francia prestó uno de sus pisos a una amiga enferma, permitiéndole vivir allí gratis durante más de veinte años. Tras 23 años de ocupación sin pagar un solo euro, la Justicia francesa le ha dado la razón al dueño y ha ordenado la expulsión de la inquilina.
El caso, resuelto por la Cour de Cassation (Tribunal de Casación), el equivalente al Tribunal Supremo en España, arranca cuando el propietario permitió a su amiga italiana, afectada por el SIDA, instalarse en el piso para recibir tratamiento hospitalario en Francia. No hubo contrato escrito, solo un acuerdo verbal que, con el tiempo, ha desembocado en una batalla legal.
La inquilina defiende que el piso era suyo hasta su fallecimiento
El tiempo pasaba y, debido a nuevas necesidades, el propietario reclamó el piso, con la sorpresa de que la amiga se negaba a marcharse, pese a la carta certificada del dueño exigiendo la devolución de la vivienda. El caso, identificado por el bufete Adonis, ha sido recogido por el medio Capital, que explica que a falta de un acuerdo amistoso, el dueño tuvo que emprender acciones legales.
El propietario solicitó la expulsión de la inquilina y una indemnización por el tiempo extra de ocupación. La inquilina alegó en su defensa que se trataba de un préstamo vitalicio, es decir, que el acuerdo era válido hasta su fallecimiento, dada la gravedad de su enfermedad.
La inquilina se basa en la definición de ‘préstamo de uso’, que, según el artículo 1875 del Código Civil francés, es “un contrato por el cual una de las partes entrega una cosa a la otra para su uso, con la condición de que se la devuelva después de haberla usado”. Por tanto, la amiga se considera con derecho a usar el apartamento y a seguir recibiendo tratamiento en el hospital cercano hasta su fallecimiento, que sería el “fin natural previsible” del préstamo de la propiedad.
El acuerdo verbal no protege a la inquilina
La polémica recorrió todas las instancias judiciales. Los jueces fallaron a favor de la inquilina, pero el propietario recurrió ante el Tribunal de Apelación que falló a su favor. Finalmente, la amiga recurrió ante el Tribunal de Casación y el Supremo francés dictó sentencia el 14 de mayo de 2025, desestimando la demanda de la enferma.
El Tribunal de Casación “reitera un principio simple, pero esencial: a falta de un plazo acordado o previsible, el préstamo de uso puede ser rescindido en cualquier momento por el prestamista, siempre que se respete un plazo de preaviso razonable”, de tres meses en este caso concreto, explica el bufete, “no es previsible ningún plazo natural, como el fallecimiento de la persona afectada”. Por lo tanto, niega que la muerte de la inquilina sea un “término natural” del contrato.
La decisión no deja lugar a dudas: “El préstamo de uso no confiere ningún derecho a mantenerse en la vivienda, al contrario de lo que ocurre con un contrato de alquiler”, recuerda la sentencia.
El veredicto, según los abogados del caso, es una “advertencia urgente” para todos los propietarios que permiten la ocupación gratuita de sus viviendas, ya que la ausencia de contrato escrito genera confusión y puede terminar en pleitos interminables: “Siempre formalice por escrito, aunque sea de manera básica, cualquier préstamo de vivienda”, insisten desde el bufete.

