La forma de desplazarse y moverse por las calles españolas y cada vez se ven más patinetes por las ciudades. Los conductores de los mismos deben cumplir ciertas normas, y ya han sido advertidos por la Dirección General de Tráfico (DGT) que ha informado que se enfrentan a sanciones de hasta 1.000 euros por las infracciones.
La DGT vela por la seguridad de las carreteras y vías españolas y no solo los conductores de coches tienen que respectar las normas de circulación para evitar las multas más frecuentes. Los VMP (vehículos de movilidad personal) que es como tráfico denomina a los patinetes, también deben cumplir con las reglas, de hecho desde principios de 2024 deben estar certificados para poder circular.
Desde que estos vehículos fueron incluidos en el Reglamento General de Circulación y el Reglamento General de Vehículos, tienen la consideración jurídica de vehículo, como ya anunció el director general de Tráfico, Pere Navarro.
Multas de la DGT para los conductores de patinetes que incumplan estas normas
A través de su cuenta en la red social X (antes Twitter) la DGT ha recordado a los conductores de VMP o patinetes algunas de las normas de obligado cumplimiento de estos vehículos vigentes desde enero de 2024, y sus correspondientes sanciones:
- Conducir bajo los efectos del alcohol y otras drogas: multas de entre 500 y 1.000 euros.
- Utilizar el teléfono móvil: multa de 200 euros.
- Conducir con auriculares: multa de 200 euros.
- Circular por la noche sin alumbrado o prendas reflectantes: 200 euros de multa.
Conducir un #VMP 🛴 conlleva la aceptación de normas generales, y no cumplirlas es sancionable 👇
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) August 29, 2024
🍾Bajo los efectos del alcohol y otras drogas ➡️ 500 - 1.000 €.
📱Usando el #móvil ➡️ 200 €.
🎵Con auriculares ➡️ 200€.
🦺De noche sin alumbrado o prendas reflectantes ➡️ 200€. pic.twitter.com/OAy2Mw2xfU
Estas no son las únicas obligaciones a la hora de circular de los VMP. Según anunció el propio director de Tráfico, también tienen prohibido circular por las aceras y por carretera y el límite de velocidad máximo es de 25 km/h.
Además, todos estos vehículos, como ya se ha dicho, deben estar homologados y tener la siguiente documentación en regla:
- Placa de marcaje de fábrica, única, que se colocará en un lugar visible del vehículo mediante remaches.
- Ficha reducida de características técnicas.
- Documento que indique que el vehículo pertenece a la categoría VMP.
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