Logo de Huffpost

Iñaki Barredo, abogado, advierte: si tu ex junto con tus hijos tiene asignado el uso de la vivienda, en el momento que meta a una tercera persona se puede solicitar la extinción de ese uso

El experto aclara que el Tribunal Supremo respalda la extinción del uso exclusivo de la vivienda si la expareja ‘mete’ en ella a vivir a su nueva pareja o cualquier tercera persona.

El abogado Iñaki Barredo
El abogado Iñaki Barredo |Redes Sociales Iñaki Barredo
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:
whatsapp icon
linkedin icon
telegram icon

Tras un divorcio es habitual que uno de los ex cónyuges se quede viviendo en la casa junto a los hijos, incluso aunque esta tenga una hipoteca que esté pagando la otra persona o entre ambos. En estos casos, al progenitor que no reside en la vivienda le surge la duda sobre qué pasa si el otro progenitor ‘mete’ a su nueva pareja en la casa. ¿Se puede pedir la extinción del uso exclusivo de la vivienda?

La jurisprudencia del Tribunal Supremo respalda la posibilidad de solicitar la extinción del uso exclusivo de la vivienda en estas circunstancias, tal y como explica el abogado a través de sus redes sociales. 

El experto señala que no solo ocurre cuando el ex cónyuge introduce a una nueva pareja sentimental, sino también cuando da acceso a la vivienda a otros familiares, como la madre, la hermana u otro allegado. El conflicto se agrava especialmente cuando el propietario que no reside en la casa “está pagando la mitad de la hipoteca” mientras la vivienda es ocupada por personas ajenas al acuerdo original.

El Tribunal Supremo avala extinción del uso exclusivo de la vivienda

El abogado subraya que ya existe jurisprudencia del Tribunal Supremo que “establece de manera clara y contundente que si tu ex junto con tus hijos tienen asignado el uso de la vivienda, en el momento que introduzcan, que metan a una tercera persona en esa vivienda, se puede solicitar la extinción de ese uso”.

Esto incluye, según el abogado Barredo, “proceder al desahucio, al lanzamiento, a la venta o a la adjudicación a tu favor de dicha vivienda”, en función de lo que determine el juzgado.

Barredo insiste en que este derecho no se limita solo a la entrada de una nueva pareja, sino también a cualquier tercero, como familiares directos. “Insisto que puede ser un familiar como la madre o una hermana”, añade. Ante este tipo de situaciones, el afectado puede acudir a los tribunales para solicitar la extinción de la concesión del uso exclusivo de la vivienda familiar.

El abogado recomienda a quienes se encuentren en esta situación que tengan en cuenta el respaldo judicial existente si la vivienda es utilizada de forma distinta a la prevista en el convenio regulador, y sobre todo si el propietario sigue afrontando la mitad de la hipoteca, ya que la ley permite pedir que se revise la asignación y uso del inmueble.