La Dirección General de Tráfico (DGT) es consciente de una problemática con los vehículos en España. Y es que según Tráfico cada año se abandonan cerca de 50.000 vehículos en alta en la vía pública. De estos, 20.000 son dejados en aparcamientos, centros comerciales y otros tipos de parking.
Hasta ahora la Dirección General de Tráfico dará de baja de oficio a coches de más de 10 años que no hayan pasado la ITV en la última década y que no dispongan de seguro. La DGT no tendrá que dar cuenta del procedimiento al titular del vehículo, ya que podrá actuar de oficio. Todo esto viene regulado en la nueva ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Social.
Ahora que la DGT tiene controlados a los vehículos que no pasan la ITV, quiere poner el foco en los vehículos abandonados en garajes. Cada año son abandonados cerca de 50.000 vehículos en recintos, lo que es perjudicial para otros usuarios de la vía pública.
La DGT retirará los vehículos abandonados
Según recoge el artículo 106 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, la Administración competente en materia de ordenación y gestión del tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos. En el caso de que su propietario no reclame el vehículo se procederá a su destrucción y descontaminación.
Podrán destruir el vehículo cuando una vez retirado hubieran pasado dos meses y cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo sitio y presente desperfecto o les falte la placa de matrícula evidente de abandono. Otra de las razones para su retirada y destrucción será cuando a consecuencia de avería o accidente el titular lo deje abandonado en un recinto público o privado durante más de dos meses.
En el caso de retirada, si el titular del vehículo quisiera recuperarlo deberá acudir a la Dirección Provincial del Tráfico donde el vehículo se encontraba estacionado y acreditar la titularidad del mismo. En el que tras retirar el vehículo el titular no diera señales en el plazo de un mes la administración podrá ordenar la destrucción del mismo.
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