Aquellos desempleados que estén cobrando la Renta Activa de Inserción, más conocida como RAI, tienen que realizar una serie de trámites para evitar que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) deje de pagarles los 463,20 euros al mes que se entregan con esta prestación no contributiva. Consiste en la entrega de una serie de documentos por parte del beneficiario a la propia administración pública.
Se trata de un total de tres escritos que hay que entregar a los servicios de empleo para que, una vez que se cumple el primer periodo de cobro de los 11 meses iniciales por lo que se cobra inicialmente, se vuelva a recibir. Aunque hay que tener en cuenta que se tienen que respetar todos los requisitos para poder solicitar la prórroga de este subsidio por desempleo.
Hay que recordar que esta ayuda económica se puede recibir durante un tiempo máximo de 33 meses. Por lo que, una vez que se alcance dicha temporalidad, no se podrá volver a solicitar una prórroga del cobro de este subsidio. Pero no solo eso, sino que también se perderá si no se respeta alguno de los requisitos mínimos fijados o si no se llevan a cabo estos trámites por parte de los desempleados una vez cumpla los 11 meses de cobro de la prestación.
Hay que hacer 3 trámites para seguir cobrando la RAI
Si una persona sigue estando dada de alta como demandante de empleo en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal después de terminar el primer periodo de cobro de la Renta Activa de Inserción cuando se cumplan los 11 primeros meses hay que hacer un total de 3 trámites para seguir recibiéndola. Esto se traduce en la entrega de tres documentos al servicio de empleo en el que se certifica que se siguen cumpliendo las condiciones para poder cobrarla.
Tanto es así que hay que tener en cuenta los 3 escritos que deben completarse con los datos que se exigen por parte del SEPE. Todos ellos se deben entregar para volver a solicitar el cobro de los 463,20 euros al mes de la Renta Activa de Inserción. Estos son:
En cada uno de los documentos se exigen una serie de datos muy concretos. Hay que recordar que los más importantes son, primero, la declaración de Búsqueda Activa de Empleo a través de enviar curriculums a diferentes empresas y acudir a entrevistas de trabajo. Aunque no es el único método, sino que también debe acudir a los talleres de inserción del SEPE y no rechazar un puesto de empleo adecuado a la solicitud del demandante.
Pero también es imprescindible respetar el límite de ingresos mensuales que tiene marcado el SEPE. Se trata del 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que está fijado en los 723,75 euros al mes. Un dato que se certifica que se cumple a través de la entrega de la declaración de rentas que se indica anteriormente.
¿Cuándo se puede volver a solicitar la RAI?
Hay que tener en cuenta un dato muy concreto para poder volver a solicitar la Renta Activa de Inserción. Si ya lo ha cobrado durante los 11 primeros meses, el desempleado tiene que esperar todo un año para poder volver a solicitar esta prestación no contributiva.
Aunque no tiene se tiene que esperar 365 días naturales en varios casos con excepciones. Podrán solicitarla en el momento en el que la agote aquellas personas que sean víctimas de violencia de género o sean personas con una discapacidad reconocida.
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