Ante la situación tan difícil que están atravesando muchas familias andaluzas, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio con fondos del Estado y de la propia Junta de Andalucía acaba de poner en marcha el Programa Extraordinario de Ayudas para el Alquiler de Vivienda, ideado para contribuir a minimizar el impacto económico y social del coronavirus en los hogares de las familias más vulnerables.
Dicho programa cuenta con un presupuesto de 30 millones de euros para las políticas de vivienda ordinarias para afrontar la crisis extraordinaria del Covid-19 en materia de alquiler de vivienda.
Dichas ayudas al alquiler en Andalucía fueron aprobadas en la Orden Ministerial 336/2020 de 9 de abril por la que se incorpora, sustituye y modifican programas de ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en cumplimiento del Real Decreto 11/2020 de 31 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19. El desarrollo y gestión de estas ayudas es competencia de las comunidades autónomas.
Se ha adelantado en cuanto a la gestión de dichas ayudas, que estas se gestionarán de manera totalmente telemática, en concurrencia no competitiva y por la cual se podrá abonar el 100% de la renta del alquiler, con un máximo de 900 euros.
Estas ayudas al alquiler coronavirus se podrán solicitar con carácter retroactivo desde el día 1 de abril y durante un periodo de 6 meses, hasta el próximo 30 de septiembre, tal y como consta en la misma Orden Ministerial.
Requisitos para las ayudas al alquiler 2020 Andalucía coronavirus
Las personas que quieran solicitar estas ayudas al alquiler en Andalucía deberán de cumplir una serie de requisitos como son:
- Estar desempleado, afectado por un ERTE
- Ser autónomo con una disminución de los ingresos del 40%
- Estar empadronado en la vivienda de alquiler desde hace al menos 6 meses de tiempo y no disponer de vivienda propia.
- Con carácter general sus ingresos deben ser menores de 3 veces el IPREM (1.613 euros al mes) en el mes anterior a la solicitud y el pago de la renta del alquiler más los suministros básicos (agua, luz, gas, comunidad) tiene que ser superior al 35% de los ingresos de la unidad familiar.
Los solicitantes, para poder agilizar los trámites necesarios para acceder a estas ayudas en Andalucía, acreditando mediante declaración responsable, pero en el plazo de un mes deberán aportar la documentación acreditativa.
Las solicitudes se podrán presentar a principios del mes de junio, se resolverán conforme vayan llegando hasta donde alcance el crédito disponible (por lo que es importante hacerlo lo antes posible) y será necesario tener dada de alta una cuenta bancaria para poder recibir el ingreso de la ayuda en ella.
Actualmente, están trabajando para poder contar con una aplicación informática que sea ágil y sencilla, que permita que estas ayudas al alquiler se abonen de inmediato. Y es que según ha comentado la consejera “hay que comprender que el Gobierno central ha puesto en manos de las comunidades unas ayudas que sabemos que urgen y cuya tramitación administrativa es compleja por el gran volumen de solicitudes que se esperan”.
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