Los ciudadanos que solicitan el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y es aprobado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se le conoce una cifra de dinero que dependerá del nivel de ingresos y de los miembros que conforme la unidad familiar. Sin embargo, la cuantía económica aprobada no tiene que ser necesariamente la que posteriormente se ingrese en el banco.
Para entender mejor este concepto, es necesario saber qué es exactamente el IMV. Se trata de una prestación no contributiva que conoce la Seguridad Social, cuyo u objetivo es garantizar de unos ingresos mínimos al beneficiario y a su unidad familiar, si el solicitante la tuviera.
Es decir, esta cuantía es lo que el Gobierno de España entiende como nivel de ingresos mínimos y todas aquellas personas que cobren por debajo de dicha cuantía, deberían de cobrarlo.
Cómo se calcula la cuantía del Ingreso Mínimo Vital
Una vez se solicita el Ingreso Mínimo Vital, la Seguridad Social evalúa el nivel de ingresos y número de integrantes de la unidad de convivencia. Con estos datos el INSS fija una cuantía, que es lo mínimo que se debería cobrar.
Estas son las cuantías fijadas por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) con el incremento del 15% aprobado en marzo por la alta tasa de inflación y que, recordemos, solo durara tres meses. Esto es, hasta junio de 2022.
- Un adulto: 565,37 euros al mes.
- Un adulto y un menor: 734,99 euros al mes.
- Un adulto y dos menores: 904,60 euros al mes.
- Un adulto y tres menores: 1.074,22 euros al mes.
- Un adulto y cuatro o más menores: 1.243,83 euros al mes.
- Dos adultos: 734,99 euros al mes.
- Dos adultos y un menor: 904,60 euros al mes.
- Dos adultos y dos menores: 1.074,15 euros al mes.
- Dos adultos y tres o más menores: 1.243,83 euros al mes.
- Tres adultos: 904,60 euros al mes.
- Tres adultos y un menor: 1.074,22 euros al mes.
- Tres adultos y dos o más menores: 1.243,83 euros al mes.
- Cuatro adultos: 1.074,22 euros al mes.
Ahora bien, ésta no tiene qué ser la cuantía que se ingrese en el banco. La Seguridad Social resta a esa cuantía los ingresos de todos los integrantes de la unidad de convivencia. El resto es los que se cobrará de IMV hasta final de año.
Por ejemplo. Si se concede un IMV de 1.243,83 euros, pero la unidad familiar cuenta con unos ingresos mensuales de 720 euros al mes. El INSS pagará de IMV un total de 523,83 euros mensuales.
Hay que reseñar que esta ayuda económica es compatible con el cobro de otras ayudas y prestaciones, así como todas las prestaciones por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE INEM).
Cada cuánto se revisa la cuantía del Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social revisa todos los años las cuantías de Ingreso Mínimo Vital a todos sus beneficiarios. Para ello, la declaración de la Renta es el trámite que usa la TGSS para comprobar el nivel de renta y ajusta la cuantía de la prestación a ese nuevo nivel de ingresos.
Aunque se presente ahora el borrador de la Renta no será hasta finales de año, en diciembre, cuando la Seguridad Social actualice la cuantía que se cobra para el siguiente año, si se tiene derecho a percibirla.
Esta es una de las razones por las que presentar la declaración de la Renta es una de las obligaciones para seguir percibiendo esta prestación no contributiva. No hacer este trámite supondrá la suspensión de la ayuda.
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