Las empleadas del hogar siguen en el camino de ampliar sus derechos laborales. Sobre todo tras la ratificación del Convenio 198 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por el Gobierno de España. Ahora podrán cobrar la prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), y además, cotizarán por primera vez en la historia al Régimen General de la Seguridad Social, por lo que podrán alcanzar una pensión de jubilación.
En el colectivo de trabajadores del hogar también se cuestionan si podrán acceder a la subvención directa de 200 euros que se dio a conocer el pasado sábado, 25 de junio, en el consejo extraordinario de ministros. En él se aprobó el decreto-ley con el segundo paquete de medidas anticrisis del Ejecutivo para hacer frente a la guerra de Ucrania.
Ayer, 27 de junio, entraron en vigor todas las medidas para que los posibles beneficiarios se acojan a las medidas que incluye ese texto legal. Se trata de un paquete dotado con 9.000 millones de euros que estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2022.
Hay que afirmar que sí, las empleadas del hogar sí que podrán cobrar esta ayuda, siempre que estén dadas de alta en la Seguridad Social. Pero, como ocurre con el resto de trabajadores que cotizan al sistema contributivo español, deben de cumplir una serie de requisitos previos para poder cobrar el bono anticrisis.
¿Qué requisitos deben cumplir las empleadas del hogar para cobrar el bono de 200 euros?
Las trabajadoras del hogar que lo deseen podrán solicitar a partir de julio la subvención directa de 200 euros que se recoge en el mencionado decreto-ley. Pero para ello, será necesario que se demuestre que, a título personal o familiar, se presenta una carencia de rentas anuales.
Teniendo presente el nivel de rentas del o la solicitante, solamente se podrán acoger al abono aquellos que, en 2021, demuestren haber percibido unos ingresos inferiores los 14.000 euros al año. También se les va a pedir por Hacienda, organismo donde se solicitará, que se acredite un patrimonio inferior a los 43.196,40 euros anuales.
El texto legal es más específico e incluso va más al detalle acerca de quiénes sí y quiénes no pueden cobrar la ayuda. En cuanto a todos aquellos que sí deberán ser:
- Quienes trabajen por cuenta propia o por cuenta ajena y estén dados de alta en el régimen de la Seguridad Social que les pertenezca o en la mutua que les corresponda.
- Quienes estén desempleados y estén inscritos en el SEPE. Pueden ser beneficiarios o no del paro o de algún subsidio por desempleo.
En cuanto a las personas que no van a poder solicitar el bono anticrisis mientras trabajan, están las personas que cobran el Ingreso Mínimo Vital (IMV), ya que este va a sufrir una subida del 15%. Si alguna empleada del hogar recibe esta prestación no contributiva de la Seguridad Social, no va a poder cobrar la mencionada ayuda extraordinaria del Gobierno.
¿Cuándo van a poder solicitar las empleadas del hogar el bono de 200 euros?
Como se recoge en el texto legal del decreto-ley, esta ayuda directa se va a poder solicitar a partir de julio, rellenando y enviando el formulario que va a estar disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Aunque todavía no hay una fecha exacta para comenzar a realizar este trámite, sí se recoge que se podrá solicitar hasta el 30 de septiembre.
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