Llega la edad de jubilación y los ciudadanos en población activa comienzan a planear cómo será su retirada del mundo laboral. Lo primero que hay que tener en cuenta es que cualquier pensión de jubilación contributiva es competencia del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), órgano que será el encargado de calcular la cuantía de la prestación.
Aquellos trabajadores que planeen su retirada en 2022 deben tener en cuenta las novedades a las que se enfrentan al calcular la pensión. Deben comenzar atendiendo al periodo del cómputo de la base reguladora, esta es una cifra que sirve para calcular la pensión. En ella se incluirán las cotizaciones de los últimos 25 años, tal como se estableció en la reforma laboral de 2011.
Otro dato que no debe pasar por alto es la edad legal de jubilación, que pasa de 66 años a 66 años y dos meses en 2022, aunque las personas de 65 años pueden cobrar el completo de la prestación si han alcanzado los 37 años y seis meses o más de cotización al régimen contributivo de la Seguridad Social.
¿Cómo calcular la base reguladora en 2022?
La edad legal de jubilación se toma como referencia si un trabajador quiere jubilarse de manera anticipada, aunque el tiempo varía: si es por decisión propia, son dos años antes de la edad legal; si es por despido improcedente o ERE, son cuatro años. En estas situaciones, se reduce la cuantía percibida de forma proporcional al tiempo durante el que se anticipa la jubilación.
En 2022, la base reguladora es el cociente resultante de dividir por 350 todas las bases de cotización de los últimos 25 años completos trabajados - 300 meses -. A continuación, se detallan los pasos a seguir para calcular la base reguladora de cotización:
- Bases de Cotización: hay que acceder al informe de bases de cotización del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Saber el periodo de referencia: este representa los años que se tienen en cuenta para calcular la base reguladora -a partir de las bases de cotización-. En 2022, el que se toma es de 25 años (300 meses) hacia atrás desde la fecha del hecho causante, que puede ser el cese del trabajo o el momento en que se acude a solicitar la prestación de jubilación, siempre que hayan pasado más de tres meses cuando se haga la gestión.
- Actualizar las bases de cotización con el IPC: antes de sumarlas, hay que actualizarlas con el Impuesto Sobre el Consumo (IPC). Actualmente, está en el 9,8%. Desde el mes 25 y posteriores que se tienen en cuenta hacia atrás en el tiempo.
- Sumar todas las bases: sumar las bases de cotización de cada uno de los 300 meses.
- Calcular la base reguladora: el resultado de la suma, una cifra muy elevada, se tiene que dividir entre 350, en este año. Lo que resulte, será la base reguladora para la jubilación.
¿Cuántos años hay que cotizar para optar a una pensión de jubilación?
El periodo mínimo de cotización se establece en 15 años, lo que da derecho a percibir el 50% de la base reguladora. En ocasiones la cuantía queda por debajo de la pensión mínima, por ejemplo, en los casos de personas que han cotizado pocos años o lo han hecho por bases bajas o mínimas, como ocurre con muchos autónomos.
Este año el Gobierno ha subido un 2,5% el importe de esta modalidad de prestación. Así, con esta revalorización, la pensión mínima de jubilación será de 10.103,8 euros anuales para pensionistas sin cónyuge, mientras que la cuantía asciende a 12.467 con cónyuge a cargo. En contraste, la pensión de jubilación máxima sube desde 38.505,88 a 39.468, 52 euros anuales.
La Seguridad Social tiene un sistema de cálculo de la base reguladora que permite a los trabajadores conocer de manera aproximada cuál es la fecha en la que se podrá jubilar y cuál será la cantidad que percibirá. Los interesados deben entrar en la web de Tu Seguridad Social, identificarse, y pinchar el enlace 'Simular tu jubilación' en el apartado 'Trabajo'.
Posteriormente, deberán incorporar la información solicitada que tendrá en cuenta los datos que constan en la base de datos de la Seguridad Social hasta la fecha o bien permitirá al usuario introducir otros supuestos, como alta en otro Régimen, desempleo o cambios de bases de cotización.
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