
El proceso de solicitud de una incapacidad permanente de la Seguridad Social consta de varias fases hasta aprobarse. El futuro pensionista debe saber que su expediente de incapacidad puede tardar varios meses en formarse, un hecho que hace perder la calma a muchos beneficiarios. Pero, como cualquier trámite, tiene sus tiempos.
Desde el bufete Campmany Abogados explican que la aprobación de esta pensión contributiva se desarrolla a lo largo de un proceso de siete fases. En caso de superarlas, la administración pública concederá una pensión de acuerdo al grado de minusvalía que presente el solicitante: parcial, total, absoluta o de gran invalidez.
Antes de comenzar con el procedimiento, el trabajador que haya sufrido una enfermedad o accidente debe reunir toda la documentación e información útil que le permita pedir la incapacidad para, así, poder abrirle un expediente: datos médicos, personales, laborales y un formulario de incapacidad. Con todo esto podrá ir al centro de salud correspondiente con el fin de abrir el expediente.
Cuánto tarda la Seguridad Social en conceder una incapacidad permanente
Todo el proceso puede llegar a tardar entre 135 y 150 días hábiles, sin contar con fines de semana ni días no laborables, aunque si todo va bien, la Seguridad Social emitirá la Carta de Resolución de Incapacidad Permanente en unos días o semanas antes de esa fecha.
En el momento en el que se ha recopilado toda la información y abierto el expediente, la Seguridad Social pone la maquinaria burocrática a pleno rendimiento y comienza la segunda fase: la emisión del dictamen médico una vez que el trabajador ha pasado por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), es decir, la del tribunal médico. Su decisión no es obligatoria, pero sí que marca el camino.
Tras el examen médico, la Comisión de Evaluación de Incapacidades lanzará su propuesta que llegará al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Los siguientes pasos son el estudio de la vida laboral y de las cotizaciones, así como un estudio final y la propuesta de resolución por parte de este organismo público.
Sin embargo, aún queda esperar un poco más. Esa propuesta requiere de una revisión y confirmación. Y ahora sí, la última será la firma de la resolución que llegará al futuro pensionista. En caso de que este no esté contento con el resultado, se abre otra vía: recurrir la resolución.
Cómo consultar el estado de resolución de la incapacidad permanente
En caso de que el ciudadano tenga la necesidad de consultar su resolución, la administración pública competente pone a su disposición un sistema de consulta mediante la plataforma web, ‘Tu Seguridad Social’. El acceso puede realizarse mediante certificado digital, Cl@ve Pin o usuario y contraseña.
Una vez dentro, el trabajador solicitante tiene que acceder a ‘Mis expedientes administrativos’ y, una vez dentro, ir a la sección ‘¿Cómo va mi prestación?’. En ese punto ya es posible consultar el estado de la pensión.
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