El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que se cobra hasta que el beneficiario llega a la edad de jubilación. Como norma general, el cobro de un subsidio y el de una prestación no son compatibles, aunque se puede dar una excepción para percibirlo al mismo tiempo que el de incapacidad permanente total: cuando a una persona mayor de 52 años que recibe esta ayuda y se encuentre trabajando, sea despedida por la empresa y pase a situación de desempleo.
Hay que aclarar que la incapacidad permanente total no impide trabajar. Se puede realizar una actividad laboral, siempre que no sea en el mismo puesto que le provocó esa incapacidad permanente total. Mientras que será un tribunal médico de la Seguridad Social el encargado de otorgar el grado de incapacidad al afectado.
Por otra parte, el SEPE exige como requisito para cobrar el subsidio para mayores de 52 años junto con una pensión, carecer de ingresos que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional. En 2022, el Ministerio de Trabajo y Economía Social lo ha fijado en 1.000 euros, por tanto, no se deben rebasar los 750 euros de ingresos al mes.
¿En qué caso es compatible un subsidio para mayores de 52 años con una pensión por incapacidad permanente total?
Solo existe un caso de compatibilidad entre la mencionada pensión de la Seguridad Social y el subsidio por desempleo del SEPE. Un desempleado que tenga aprobada una incapacidad permanente total puede ser contratado para ejercer una actividad remunerada que no entre en conflicto con sus limitaciones. Si al cabo del tiempo el contrato llega a su fin y lo despiden, puede convertirse en demandante de empleo y cobrar la prestación por desempleo.
Si al finalizar esa ayuda contributiva, el desempleado tiene 52 años o más y cumple con los requisitos técnicos, puede acogerse a ese subsidio por desempleo específico.
En la práctica, que se otorgue esa combinación de ayudas no es fácil. El SEPE está pidiendo, actualmente, que los 15 años necesarios para acceder al subsidio se acrediten después de la incapacidad. Por tanto, no computa para ello toda la vida laboral, hay que cotizar a la Seguridad Social al menos 15 años tras haber conseguido la incapacidad permanente total.
¿Qué sucede si se llega a la jubilación cobrando una incapacidad permanente total?
El beneficiario de la incapacidad permanente total cuando llega a la edad legal de jubilación para a ser beneficiario de una pensión por jubilación. Desde ese momento, la pensión por dicha incapacidad pasará a ser la de jubilación, sin que se modifiquen las condiciones de la prestación. Ambas son incompatibles, por lo que habrá que elegir entre una u otra.
Además, cuando una persona con incapacidad total llega a los 55 años y no se encuentran en ninguna ocupación, puede acogerse a una jubilación anticipada. Cuando esto ocurre, se incrementa la base reguladora que pasa a ser del 55% al 75%. Es lo que se conoce como una incapacidad total cualificada.
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