Desde el pasado mes de marzo, los trabajadores fijos discontinuos podrán acceder al subsidio para mayores de 52 años del Servicio Público de Empleo Estatal. Anteriormente, su solicitud estaba denegada, pero esto cambió con la entrada de la nueva reforma laboral, siempre que cumplan los requisitos para acceder a ella.
Como los trabajadores fijos discontinuos tienen contratos indefinidos en la empresa, pero ejercen su labor de forma intermitente, podrán recibir el subsidio para mayores de 52 años, tantas veces como se encuentren en periodos de inactividad hasta alcanzar la edad de jubilación y no tengan derecho de recibir el paro.
El Gobierno de España ha anunciado que esta medida beneficiará a unos 18.000 trabajadores. Por ello, todos los empleados que quieran acceder a este subsidio del SEPE deben cumplir unos requisitos específicos, además de haber agotado por completo la prestación por desempleo.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años?
El SEPE es claro en cuanto a los requisitos que los trabajadores fijos discontinuos con más de 52 deben cumplir para recibir la ayuda. El más importante recae en la cotización del trabajador para alcanzar la jubilación, ya que se le exigen 15 años cotizados. Dos de ellos deben registrarse en la fecha previa a la solicitud de la ayuda. También se debe haber cotizado por desempleo un mínimo de seis años a la Seguridad Social a lo largo de su vida laboral.
Además, debe ser demandante de empleo del SEPE durante un mes después de agotar el paro y se debe cumplir con el compromiso de actividad.
La carencia de rentas propias también es un requisito a tener en cuenta, porque sus ingresos mensuales no pueden superar el 75% del SMI, es decir, ser inferiores a 750 euros. Aun así, no se tienen en cuenta los ingresos del resto de la unidad familiar, ni cuando se solicita ni durante la vigencia del mismo.
¿Cuándo se cobra el subsidio para mayores de 52 años?
Durante el periodo de inactividad, los trabajadores fijos discontinuos recibirán un pago de 460 euros mensuales. Esta cuantía corresponde con el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Esa paga del SEPE es la misma para el resto de subsidios.
Como cualquier prestación y subsidio, los beneficiarios recibirán el cobro entre los días 10 y 15 de cada mes por parte de sus respectivas cuentas bancarias y se renueva casa seis meses a no ser que el trabajador desempleado encuentre una nueva ocupación laboral. Es importante que si se cambia de cuenta bancaria se notifique al servicio público de empleo.
Un aspecto relevante a resaltar es que mientras se recibe dicha ayuda, se cotizará para la jubilación. Por el momento, se cotizará por la base mensual, que será el 125% de la base de cotización mínima vigente en cada momento.
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