La suerte en las oposiciones ya está echada. Con la recién estrenada ley de los interinos en el BOE, las Administraciones Públicas están abocadas a sacar más de 300.000 plazas fijas en 2022 que pasarán a convertirse en funcionarios de carrera mediante un concurso de méritos, esto es, sin opositar. El objetivo es reducir la tasa de temporalidad entre los empleados públicos de un 30% a solo un 8%, sobre todo, en sectores como la sanidad y la educación en la que la tasa es muy alta. Pero, ¿qué día del año exactamente?
A las Administraciones Públicas no les quedará más remedio que tener que llevarlo a cabo antes del próximo 1 de junio. Sin embargo, el proceso de selección tiene un plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2024. Hasta esa fecha se podrán seguir ofertando puestos vacantes de carácter permanente ya sea en la Administración General del Estado (AGE), las de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, las entidades locales (ayuntamientos) e incluso en las universidades.
Unas circunstancias excepcionales que están levantando ampollas entre miles de opositores en España. Este es el caso del acceso a la función de docente, que ya va camino de la redacción de un cuarto borrador del que será su siguiente Real Decreto-Ley, al considerar que se trata de una situación “discriminatoria” por parte de los sindicatos al considerar que se les da una mayor ventaja a los interinos a la hora de conseguir un puesto de empleo permanente sobre el resto de estudiantes sin experiencia previa.
Por qué las oposiciones a interinos es discutible en los tribunales
Para entender la ley de los interinos, lo primero que hay que hacer es ponerse en contexto. El Gobierno de España adquirió un compromiso con la Unión Europea dentro del marco legal de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Siguiendo con las directrices marcadas desde Bruselas, al Ejecutivo no le queda más remedio que acabar con la lacra de la temporabilidad en el empleo público nuestro país a cambio de los fondos europeos.
En su Informe de Ejecución publicado el pasado mes de diciembre se puede leer: “Con el objeto de reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas a través del impulso de los procesos de estabilización, la conversión de personal interino en funcionario, así como la revisión de las causas para la contratación temporal en el sector público”.
Mérito, igualdad y capacidad
Y aquí es cuando choca con los principios de mérito, igualdad y capacidad para acceder a la función pública y promoción profesional establecidos en el artículo 1 del Texto Refundido 15/2015 de la Ley del Estatuto Básico del empleado Público.
Esto se refleja en que la experiencia laboral de los interinos en el proceso de selección. La fase de oposición tiene un peso de un 60% frente al 40% de la de concurso. Ahí es nada. Por ejemplo, en el caso de los docentes, dentro de ese 40%, en el tercer borrador del texto legal hasta 7 puntos de 10 corresponden a aquellos candidatos que ya hayan trabajado anteriormente para alguna de las Administraciones Públicas.
Esto quiere decir que en principio se mantendría una mayor ventaja a la hora de conseguir una plaza fija que por ejemplo en el caso de un estudiante que lleva años preparándose la convocatoria.
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