El Gobierno de España aprobó ayer el primer bloque de la reforma de las pensiones llevada a cabo por el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Se trata, en palabras de la ministra portavoz Isabel Rodríguez, del ‘Proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones’.
Según ha informado la ministra, esta nueva normativa vigente aprobada en el Consejo de Ministros, tendrá como “punto fuerte” el nuevo marco de revalorización de las pensiones. A través de esta medida, los jubilados y pensionistas podrán ver cómo sus ingresos aumentarán cada 1 de enero junto al Índice de Precios de Consumo (IPC). Además, también se establece que dicho IPC fuese negativo, las pensiones no descenderán sino que se mantendrán intactas.
Con ese objetivo se pretende garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones. Además, el ejecutivo nacional también ha aprobado el acercamiento “voluntario” a la edad límite que establece la ley de jubilación a través de una serie de incentivos, pero también de penalizaciones. Tratando así de intentar evitar que los trabajadores se jubilen de manera anticipada. En relación a este aspecto se han creado cuatro vías de actuación:
- Jubilación anticipada voluntaria e involuntaria y por razón de actividad.
- Jubilación demorada.
- Jubilación activa.
- Jubilación forzosa.
Jubilación anticipada voluntaria e involuntaria
En primer lugar respecto a la jubilación anticipada voluntaria, la ministra ha asegurado que los coeficientes reductores, es decir, las penalizaciones, se realizarán de manera mensual, y, con ello, tratar de fomentar el atraso de la edad de jubilación. El ejecutivo pretende que esto se consiga a través de un tratamiento “más favorable” a las cotizaciones más largas, llegando así a la edad límite establecida. Es importante recordar que estos coeficientes reductores se aplicarán sobre la propia cuantía de la pensión y no sobre la base reguladora.
En relación a la jubilación involuntaria, desde el Gobierno se ha detallado que se mejoran dos aspectos de las pensiones. Por un lado, se han establecido unos coeficientes reductores mensuales en lugar de trimestrales como estaban hasta ahora. Por otro lado, haciendo referencia a los dos años anteriores a la edad límite en los que se puede jubilar un trabajador, se aplican las mismas penalizaciones que en la modalidad voluntaria en aquellos hechos en los que el nuevo coeficiente es mejor que el hasta ahora vigente.
Jubilación demorada
Haciendo referencia a la jubilación demorada, el ejecutivo ha aprobado la liberación de la cotización por contingencias comunes, salvo cuando se da una incapacidad temporal. Además, como la medida más ‘atractiva’ para los pensionistas, se han reforzado los incentivos por retrasar la jubilación, que pasan a ser tres tipos de beneficios por cada año que se retrase la jubilación, como son:
- Aumenta un 4% la pensión.
- Una cantidad al alza en función de la cuantía de la pensión y premiando las carreras de cotización más largas.
- Una combinación de ambas opciones.
Jubilación forzosa
El Gobierno también ha aprobado, en relación a la jubilación forzosa, que los convenios colectivos no podrán establecer cláusulas que puedan terminar el contrato por el cumplimiento de un trabajador que tenga menos de 68 años.
Además, también se ha establecido una reducción del 75% de las cuotas que las empresas tengan que pagar a la Seguridad Social siempre que exista una incapacidad temporal para los trabajadores que hayan cumplido los 62 años.
Un retraso de la jubilación ¿voluntario?
Entre todas las medidas que el Gobierno aprobó ayer del primer paquete correspondiente a la reforma de las pensiones, la ministra portavoz, Isabel Rodríguez, habló sobre los beneficios que iba a suponer para los pensionistas tanto actuales como futuros. La ministra utilizó los términos “ventajas” y “beneficios” para referirse a todas las medidas que se iban a implantar para tratar de acercar “de manera voluntaria” la edad de jubilación a la edad legal establecida.
Aunque la realidad es un poco distinta a lo que ayer manifestaba el ejecutivo nacional. La ministra habló de “beneficios” en lugar de decir penalizaciones por adelantar la jubilación, unas sanciones que afectarán de manera directa a las pensiones y que se verán reflejadas todos los meses en el ingreso del pensionista.
Es por ello que, lejos de ser realmente una opción voluntaria, desde el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se pretende que los trabajadores alarguen su vida laboral hasta el límite establecido para que no pierdan nada de su pensión. Por lo que se obliga, en cierto modo, a los trabajadores a continuar trabajando para no recibir sanciones económicas.
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