El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 10 de enero de 2023, el Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y otras medidas de impulso y mantenimiento de empleo de calidad. Mediante la norma, que deberá pasar por la vía parlamentaria, se busca orientar las bonificaciones de las cotizaciones sociales a la contratación indefinida y los colectivos con mayores dificultades para encontrar trabajo, por lo que se recortarán las ayudas al empleo temporal.
El texto, elaborado por el Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, se fundamenta en tres principios básicos: la igualdad, la estabilidad y la eficiencia, para asegurar el acceso al mercado de trabajo en condiciones de igualdad a los colectivos con mayores dificultades. Respecto a las bonificaciones, se centrarán exclusivamente en el “empleo estable”, en consonancia con la reforma laboral, rediseñando el sistema actual de incentivos.
La primera medida, para fomentar los contratos indefinidos a personas de atención prioritaria y la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos, es simplificar los requisitos a las empresas beneficiarias. Por ejemplo, el empleador tendrá que mantener en situación de alta o asimilada en la Seguridad Social a la persona contratada al menos tres años para beneficiarse de las bonificaciones.
El Ejecutivo aprueba medidas urgentes de incentivos a la contratación para mejorar la calidad del empleo:
— La Moncloa (@desdelamoncloa) January 10, 2023
?Fomentarán la contratación de desempleados y colectivos vulnerables
?Promocionarán la carrera profesional de las personas ocupadas
?Potenciarán la economía social pic.twitter.com/bDQBB5De4F
Nuevas medidas para la estabilización y mejora del empleo
Este Real Decreto-ley, con el objetivo de mejorar la calidad en el empleo y promocionar la contratación de las personas desempleadas haciendo especial énfasis en las más vulnerables o con bajo potencial de empleabilidad, incluye una serie de medidas bonificadas de nueva implantación:
- Bonificación por la contratación indefinida de personas jóvenes con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil: bonificación de 275 euros durante tres años.
- Bonificación por la contratación indefinida o incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas en prácticas: bonificación de 138 euros mes, durante tres años, o bien durante la vigencia del contrato si se trata de una persona con discapacidad.
- Bonificación por la transformación en contratos fijos discontinuos de contratos temporales suscritos con personas incluidas en el Sistema especial agrario por cuenta ajena: bonificación en la cotización de 55 euros por mes para los hombres y de 74 euros al mes para las mujeres, que se podrá disfrutar por tres años.
A tener en cuenta es que las empresas que trasladen su actividad industrial, productiva o de negocio a territorios que no forman parte de los Estados miembros de la Unión Europea tendrán que proceder a la devolución de todas las bonificaciones a la Seguridad Social realizadas durante los cuatro años inmediatamente anteriores. También las subvenciones recibidas.
Promocionaremos la contratación de las personas desempleadas y de las más vulnerables.
— Yolanda Díaz (@Yolanda_Diaz_) January 10, 2023
Un estímulo de nuevas oportunidades con más derechos laborales, estabilidad y protección. pic.twitter.com/YvhjB6mWd4
Otros incentivos al empleo aprobados por el Gobierno
Para reforzar la contratación a tiempo completo, las cuantías bonificadas se reducirán proporcionalmente a la jornada establecida en el caso de los contratos a tiempo parcial. Del mismo modo, no se incentivarán las jornadas parciales inferiores al 50% de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.
También se bonifican las readmisiones de personas trabajadoras que hubieran suspendido su actividad en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta y se limitan a los contratos indefinidos y a los supuestos en los que la readmisión no obedezca a un derecho del trabajador.
Otra novedad es que estas bonificaciones se extienden a los supuestos de personas mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría, así como de personas mayores de esa edad que recuperan su capacidad y pudieran ser contratadas por otra empresa. Esta bonificación prevista se incrementa hasta los 128 euros al mes.
En cuanto a las bonificaciones por sustituciones, se limitan para los supuestos de contratación de jóvenes, ajustando su duración a la de los propios contratos. Por otro lado, la contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración tendrá una bonificación superior de 128 euros al mes cuando la persona contratada sea una mujer. Esta bonificación se extiende también a la contratación de personas con 45 años o más.
Respecto al contrato de formación en alternancia, también se ha establecido unas cuantías de bonificación, en lugar de los porcentajes actuales, equivalentes a aplicar el 75% a las cuotas empresariales únicas previstas para este contrato y el 100% en función del tamaño de la empresa. Los beneficios a las cuotas de la Seguridad por pasar de un contrato formativo a un contrato indefinido también se han modificado, aumentando su cuantía un 200%. Un aspecto importante es que cualquier empresa podrá aprovecharse de las mismas, suspendiendo el requisito de que debían tener menos de 50 trabajadores.
En último lugar, se mantendrán las bonificaciones actuales para la contratación de personas con discapacidad, los contratos suscritos por empresas de inserción y las bonificaciones por los contratos de sustitución de trabajadoras víctimas de violencia de género o de violencias sexuales.
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