El Gobierno de España ha aprobado recientemente un Real Decreto-ley con medidas urgentes en materia de contratación y de incentivos al empleo, como deseaba el Ministerio de Seguridad Social, con José Luis Escrivá como titular. Muchas empresas podrían acogerse a estas ayudas para contratar personas desempleadas con baja empleabilidad, como las personas discapacitadas.
Esta norma fue aprobada el pasado 10 de enero en Consejo de Ministros, aunque su implantación y entrada en vigor queda retrasada unos meses para algunas cuestiones. “Con carácter general, entrará en vigor el 1 de septiembre de 2023. No obstante, algunos artículos ya están en vigor y otros lo estarán antes de esa fecha”, confirman desde La Moncloa.
Entre las personas prioritarias están quienes figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo y que formen parte de alguno de estos colectivos:
- Personas trabajadoras con discapacidad que pasen a prestar sus servicios desde el mercado de trabajo protegido de los centros de empleo o empresas del mercado laboral.
- Las víctimas de terrorismo.
- Las mujeres víctimas de violencia de género, violencia sexual o de trata de seres humanos.
- Las personas en riesgo o en exclusión social que comiencen a trabajar en empresas de inserción a otras dentro del mercado de trabajo.
- Los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Los incentivos para las empresas que contraten personas con discapacidad
Los nuevos asuntos recogidos en la ley y que establecen los principales incentivos a la contratación laboral corresponden con los siguientes:
- Bonificaciones para contratos indefinidos.
- Simplificación de las condiciones para entrar a trabajar de las empresas beneficiarias.
- Bonificaciones para personas con discapacidad o víctimas de violencia de género o sexual.
- Cuantía por cada mes natural completo respecto a las bonificaciones de la Seguridad Social.
- Fomentar contratos de conciliación durante toda la duración del mismo.
Es cierto que se establece una medida específica para los contratos financiados a través de bonificaciones. En este caso, el empleador debe mantener a esa persona en situación de alta durante un mínimo de tres años desde el inicio del contrato incentivado.
Específicamente, para personas con alguna discapacidad, existen incentivos laborales concretos para ellos en materia de contratación. Para ellos se regulan las bonificaciones en cuotas patronales de la Seguridad Social relacionadas con la contratación de este tipo de trabajadores. Al igual ocurre con las bonificaciones en los contratos suscritos por empresas de inserción.
Últimas novedades sobre empleo y personas con discapacidad
Fuentes consultadas con la Seguridad Social anuncian que el Libro Blanco sobre el empleo y la discapacidad ya está terminando de configurarse a falta de unos últimos retoques. Un texto que las empresas y las personas con esta condición esperan con entusiasmo.
Sus recomendaciones incluirán las directrices fundamentales para abordar o plantear reformas futuras que ayuden a la inserción laboral de las personas con discapacidad que se conviertan en afiliados en alguno de los regímenes contributivos. Hay que recordar que existen varias vías para que los autónomos con discapacidad puedan conseguir financiación en sus proyectos emprendedores.
Desde el mencionado organismo público también recuerdan que “el Acuerdo General entre Gobierno y la ONCE en materia de Cooperación, Solidaridad y Competitividad para la Estabilidad de Futuro de la ONCE para el período 2022-2031 considera necesario mantener la bonificación del 100% de la cotización empresarial”.
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