Los despidos siempre se deben notificar por escrito. Es una obligación que recoge el Estatuto de los Trabajadores y que las empresas o empleadores deben cumplir en todos los casos, ya que, de lo contrario, podría ser declarado improcedente. Sobre el preaviso, depende del tipo de despido, y no en todos los casos hay que cumplir con uno.
De hecho, en dos situaciones concretas sí te pueden despedir de un día para otro, pero cuidado, siempre con motivos (los despidos se justifican siempre, si no, también se declararían como improcedentes). Al contrario, en los despidos objetivos y colectivos, así como en los casos de baja de voluntaria (dimisión), sí hay que cumplir con un preaviso. En esta guía se explica de cuánto debe ser y las consecuencias por incumplirlo.
El despido objetivo exige la obligación de preaviso
En un despido objetivo se debe cumplir un preaviso de 15 días naturales desde que se comunica la decisión hasta que se extingue la relación laboral (esto es, desde que se deja de trabajar). Se recuerda que durante este tiempo, el trabajador tiene derecho a solicitar un permiso retribuido (pagado) de seis horas semanales para buscar trabajo. Asimismo, puede ser de interés conocer en profundidad las causas legales para despedir por causas objetivas.
¿En qué casos no se exige preaviso en el despido?
Solo hay dos casos en los que no existe la obligación de preaviso a la hora de aplicar el despido:
- En el período de prueba. Si el trabajador se encuentra en periodo de prueba, la empresa puede despedirlo en cualquier momento. Del mismo modo, si es el trabajador el que quiere irse, tampoco tiene que avisar con antelación. La relación laboral se puede romper por ambas partes sin preaviso.
- Si el despido es disciplinario. Cuando la relación laboral se produce por causas disciplinarias, por incumplimiento grave y culpable del trabajador (las causas se recogen en el artículo 54 del ET), el despido se puede ejecutar en cualquier momento.
¿Qué consecuencias tiene un despido de un día para otro?
Si el despido es disciplinario o en periodo de prueba, la única consecuencia es que el trabajador se encontrará de un día para otro en situación de desempleo. Sin embargo, si el despido es objetivo y no se cumple el preaviso, la cosa cambia: el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización equivalente al periodo incumplido. Esto es, si la empresa no ha cumplido con el preaviso por 10 días, tendrá que recibir una indemnización equivalente a 10 días de salario, que se sumará al finiquito.
Al respecto, se recuerda que el finiquito se cobra siempre y que se compone de todas las cantidades pendientes de cobrar que han sido generadas, como los días de vacaciones generados pero no disfrutados (2,5 días por mes trabajado), días trabajados que no se han cobrado o el correspondiente de las pagas extraordinarias.
¿Y si no me abonan la indemnización por falta de preaviso?
Se puede reclamar en un plazo de 12 meses desde la notificación del despido. Asimismo, en caso de querer impugnar el despido, por no estar de acuerdo con el mismo o por incumplimiento del requisito de preaviso, se tiene un plazo de 20 días hábiles. Primero se presentará una papeleta de conciliación y, en caso de que no se llegue a un acuerdo, se deberá interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social.
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