El permiso parental es un derecho que reconocido a todos los trabajadores, tanto madres como padres, por el que pueden ausentarse del trabajo para poder cuidar así a sus hijos, hijas o menores de por un tiempo superior a un año y hasta que el menor cumpla los ocho años de edad. Este derecho se encuentra regulado en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores.

Ahora, el gobierno de España ha aprobado este mismo martes, en Consejo de Ministros, la ampliación de este permiso, ya que era una exigencia por parte de la Unión Europea y por la que estábamos pagando una multa diario por no cumplirlo. Entre las principales novedades, destaca que dos de las ocho semanas de este permiso pasan a ser retribuidas al 100% del salario, con efecto retroactivo desde el 2 de agosto de 2024. De esta forma, se da cumplimiento a la normativa europea que obliga a garantizar un mínimo de semanas remuneradas en este tipo de ausencias para facilitar la conciliación.
Ahora, este permiso no debe de confundirse con el permiso por nacimiento, adopción o acogida (conocido popularmente como permiso de maternidad o paternidad), que se concede inmediatamente tras el nacimiento o adopción y tiene su propia regulación y duración. Es decir, que cuando hablamos del permiso parental debemos de tener en cuenta que hablamos de “las ocho semanas de ausencia laboral para el cuidado de hijos menores de ocho años”.
¿Quién puede acceder al permiso parental?
El permiso parental está dirigido a cualquier persona trabajadora, ya sea madre o padre, que tenga a su cargo un hijo, hija o menor acogido por más de un año, siempre que el menor no haya cumplido todavía los ocho años de edad. Se trata de un derecho individual, es decir, que lo puede solicitar cada progenitor de manera independiente y sin posibilidad de transferirlo a la otra persona.
Ahora bien, no hay que confundirlo con quién accede a este permiso con quienes pueden beneficiarse del permiso por nacimiento, adopción o acogida. Mientras que el permiso por nacimiento está pensado para el momento inmediato posterior al parto, la adopción o el acogimiento, el permiso parental está pensado para la conciliación a lo largo de los primeros años de vida o acogida del menor, hasta que cumpla ocho años. Así, una misma persona puede disfrutar de ambos permisos en momentos distintos, siempre que cumpla los requisitos de cada uno.
Ejemplo práctico de cómo funciona y los cambios en el permiso parental
Para entenderlo mejor, vamos a poner un ejemplo. Imaginemos a Ana y Javier, los cuales acaban de tener un hijo. Tras el nacimiento, ambos disfrutan de su permiso por nacimiento, que hasta la aprobación del nuevo Real Decreto era de 16 semanas retribuidas para cada progenitor, pero ahora, con la nueva normativa, este será de 17 semanas para cada uno, manteniéndose las seis primeras como obligatorias e ininterrumpidas tras el parto y pudiendo repartir las restantes de forma flexible a lo largo del primer año.
Años después, cuando su hijo cumple cinco años, Ana quiere pasar más tiempo con él y decide solicitar el permiso parental. Antes de este cambio legal, podía ausentarse del trabajo hasta ocho semanas para el cuidado de su hijo, pero ninguna de ellas era retribuida, lo que dificultaba el acceso a este derecho para muchas familias. Sin embargo, a partir de ahora, Ana podrá disfrutar de esas ocho semanas y, además, dos de ellas estarán remuneradas al 100% de su salario, facilitando así la conciliación sin que ello suponga una pérdida económica durante parte del permiso.
¿Qué cambia con el actual permiso por nacimiento, adopción o acogida?
El permiso por nacimiento, adopción o acogida (conocido como permiso de maternidad o paternidad) se amplía de 16 a 17 semanas para cada progenitor. Esto hace sumar una semana adicional y que será retribuido con el 100% del salario, que podrán disfrutar tanto la madre biológica como el otro progenitor. Como hasta ahora, las seis primeras semanas serán obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento, y las restantes podrán distribuirse de forma flexible, en periodos semanales, durante los 12 meses siguientes al parto, resolución judicial o decisión administrativa, en caso de adopción o acogida.
¿Existe algún cambio a la hora de disfrutar los permisos por nacimiento?
No, no hay cambios en la forma de disfrutar los permisos por nacimiento. Las condiciones se mantienen las seis primeras semanas siguen siendo obligatorias e ininterrumpidas justo después del nacimiento, y el resto del permiso puede disfrutarse de forma flexible en periodos semanales, ya sea de manera acumulada o interrumpida, dentro de los doce meses siguientes.
La única novedad es la ampliación de la duración total, que pasa de 16 a 17 semanas para cada progenitor. Es decir, padres y madres ganan una semana más de permiso retribuido, pero el sistema para solicitarlo y organizarlo sigue siendo el mismo que hasta ahora.
¿Qué pasa con las familias monoparentales?
Las familias monoparentales verán ampliado su permiso por nacimiento y cuidado de hijos de 26 a 32 semanas retribuidas. De esta forma, podrán mejorar su conciliación para el cuidado del menor y equiparando en la práctica el tiempo total que disfrutarían dos progenitores. Además, las últimas cuatro semanas podrán disfrutarlas hasta que el hijo cumpla ocho años.
¿Qué cambios y novedades trae el permiso para cuidar hijos menores de ocho años?
La principal novedad es que, de las ocho semanas de ausencia laboral que reconoce la ley, dos pasan a ser retribuidas al 100% del salario, tal y como hemos explicado. Hasta ahora, el permiso parental no era remunerado, lo que hacía que muchas familias se planteará el no solicitarlo, ya que sus ingresos económicos se verían reducidos.
Además, la retribución de estas dos semanas tendrá efecto retroactivo para quienes soliciten el permiso por hijos nacidos a partir del 2 de agosto de 2024. El resto de las condiciones no cambian: sigue siendo un derecho individual, no transferible, y puede disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla ocho años.
¿Cuándo entrará en vigor el nuevo permiso?
Tras su aprobación en el Consejo de Ministros este martes, habrá que esperar a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), todo apunta a que la medida entrará en vigor este jueves, 31 de julio de 2025.
Además, como hemos explicado, va a tener carácter retroactivo: aunque se apruebe el 31 de julio, podrán beneficiarse de ella quienes tengan hijos nacidos a partir del 2 de agosto de 2024.
¿Qué pasa con los nacidos antes del 2 de agosto de 2024?
Los padres y madres de hijos nacidos antes del 2 de agosto de 2024 no podrán beneficiarse de las dos semanas retribuidas del permiso parental. Para estos casos, el permiso seguirá existiendo, pero será no remunerado, igual que hasta ahora. Solo quienes tengan hijos nacidos a partir de esa fecha tendrán derecho a disfrutar de esas dos semanas con prestación económica.
¿Cómo se solicita el permiso parental?
La persona trabajadora debe comunicar a su empresa, por escrito y con al menos 10 días de antelación, las fechas de inicio y fin del disfrute del permiso. Algunas empresas pueden pedir modelos específicos o gestionar la solicitud a través de recursos humanos, pero la ley exige simplemente esa comunicación previa. Además, es recomendable consultar si existe algún procedimiento propio según el convenio colectivo de la empresa.
Por último, recordar, que es un derecho y el hecho de solicitar no puede llevar a una represalia por parte de la empresa como el despido. En este caso la ley es claro y cualquier despido o sanción motivado por haber solicitado o disfrutado el permiso parental se considerará despido nulo, es decir, deberán reincorporar al trabajador o trabajadora y abonarle los salarios no percibidos así como otros complementos.

