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El Corte Inglés despide a una cajera con más de 30 años de antigüedad por llevarse productos rebajados usando puntos promocionales de los clientes: es procedente

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora que se quedaba con artículos promocionales y puntos de los clientes.

Fachada de un supermercado de El Corte Inglés
El Corte Inglés despide a una cajera con más de 30 años de antigüedad por llevarse productos rebajados usando puntos promocionales de los clientes: es procedente |Archivo
Berta F. Quintanilla
Fecha de actualización:
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJ) ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora de El Corte Inglés con más de 30 años de antigüedad por apropiarse de productos sin autorización y utilizar puntos promocionales obtenidos por otros clientes. Los hechos sucedieron en el mes de octubre de 2019 y están recogidos en la sentencia 3733/2022.

La empleada, que trabajaba en el área de cajas, usó indebidamente los puntos de promociones conseguidos por clientes para adquirir productos rebajados que estaban dentro de una campaña comercial. Fue sorprendida cuando recogió una bolsa en la consigna del centro donde había varios artículos algunos de ellos sin ticket ni justificante de compra. 

Entre estos objetos se encontraba una nevera de tela, un vaso de cristal, unos auriculares y un delantal de MasterChef aunque este no era promocional, sino que estaba como artículo de venta directa al público.

En la carta de despido, El Corte Inglés citó el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores y en el convenio colectivo de grandes almacenes donde alegaron una transgresión de la buena fe contractual y un abuso de confianza, especialmente grave en el caso de los empleados que tienen responsabilidades en las cajas. Hay que tener en cuenta que esta trabajadora ya tenía una sanción por incumplir la normativa de compras en 2018.

La trabajadora, que no estaba de acuerdo con el despido, recurrió judicialmente argumentando que no había intención de ocultar los hechos y señaló que sufría las secuelas médicas de un trastorno de ansiedad por el que estaba en tratamiento y que podría haber influido en su conducta.

Qué dijo el juzgado de lo social

El Juzgado de lo Social número 2 de Girona, en una sentencia dictada el 13 de diciembre de 2021 declaró procedente el despido disciplinario. El fallo concluyó que la trabajadora había incumplido la normativa interna de la empresa, y que la falta era muy grave. 

Aunque el valor de los artículos era reducido, la gravedad del acto estaba en la pérdida de confianza que supone apropiarse de beneficios destinados sólo a los clientes. Ante esta sentencia desfavorable, la trabajadora presentó un recurso de suplicación ante el TSJ de Cataluña, insistiendo en que su estado de salud mental había hecho mella en su capacidad cognitiva.

El TSJ confirma la transgresión de la buena fe

El TSJ de Cataluña, en su sentencia 3733/2022 del 23 de junio desestimó el recurso de la ya ex empleada de El Corte Inglés y confirmó el despido como procedente. Para el jurado, los incumplimientos fueron graves porque la trabajadora se había apropiado de productos sin cumplir con los requisitos establecidos pero además usó puntos promocionales de clientes para poder beneficiarse de descuentos. 

El tribunal destacó que aunque la empleada señaló que estaba en tratamiento por ansiedad, esto no era suficiente, ya que no había constancia de que ese estado de salud afectase a sus capacidades cognitivas o de voluntad. 

El hecho de que no ocultase los productos no evita la falta porque las normas de la empresa eran claras y son conocidas por los trabajadores.