En la mayoría de contratos y ofertas de empleo se anuncia el salario en euros brutos. Sin embargo, esto no es lo que realmente se va a cobrar, porque lo que se acaba recibiendo es el salario neto. Es este último el que ya está libre de impuestos y retenciones, reflejando la cantidad real que se nos ingresa en la nómina.
Por esta razón, el salario bruto siempre será mayor que el neto, por lo que es de gran utilidad aprender a calcularlo, especialmente cuando se está buscando trabajo o negociando un aumento salarial. Por contar con una aproximación, mientras que en los salarios más bajos la diferencia entre el salario bruto y el neto es del 10%, en los más altos puede alcanzar el 40%.
Para pasar de un salario bruto a uno neto, lo primero que hay que hacer es calcular las retenciones que se nos aplican sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Acto seguido, habrá que descontar las cotizaciones a la Seguridad Social y, posteriormente, dividir el importe resultante entre 14 o 12, dependiendo de si salario nos lo ingresan en 14 pagas (pagas extraordinarias aparte) o en 12 pagas (extras prorrateadas).
¿Cómo se obtiene el salario neto a partir del salario bruto?
El primer paso para obtener el salario neto es saber cuánto nos retendrá la empresa de IRPF. Existen un total de seis tramos salariales y, dependiendo en el que nos encontremos, se nos aplicará un tipo impositivo u otro. Estas son las retenciones que se aplican dependiendo de lo que ganemos:
- Retención del 19% de IRPF: sueldos hasta 12.450 euros anuales.
- Retención del 24% de IRPF: sueldos entre 12.450 y 20.199 euros anuales.
- Retención del 30% de IRPF: sueldos entre 20.200 y 35.199 euros anuales.
- Retención del 37% de IRPF: sueldos entre 35.200 y 59.999 euros anuales.
- Retención del 45% de IRPF: sueldos 60.000 a 299.990 euros anuales.
- Retención del 47% de IRPF: sueldos de 300.000 euros anuales o más.
No obstante, hay que recordar que con la última subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se acordó que los salarios inferiores a 15.876 euros anuales estaban exentos de pagar el IRPF. También hay que tener en cuenta que dependiendo de la situación del contribuyente, por ejemplo, si tiene hijos o está casado, es posible reducir el importe que se paga de IRPF.
Una vez que hemos calculado las retenciones del IRPF, toca descontar las cotizaciones que abonamos a la Seguridad Social, que debe pagar tanto la empresa como el trabajador. Los tipos que se aplican son los siguientes:
- Contingencias comunes: 23,60% la empresa y 4,70% el trabajador (28,30% en total)
- Horas extraordinarias fuerza mayor: 12% la empresa y 2% el trabajador (14% en total)
- Resto horas extraordinarias: 23,60% la empresa y 4,70% el trabajador (28,30% en total)
- Desempleo: 5,50% la empresa y 1,55% el trabajador (7,05% en total)
- Formación profesional: 0,60% la empresa y 0,10% el trabajador (0,70% en total)
- FOGASA: 0,20% la empresa.
- Mecanismo Equidad Intergeneracional (MEI): 0,58% la empresa y 0,12% el trabajador (0,70%)
- Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: el porcentaje varía según la actividad, corre al completo a cargo de la empresa.
Dicho esto, existen unas bases mínimas y máximas de cotización, que van variando en función de la categoría profesional a la que estamos adscritos. Realizado este punto, solo habría que coger el importe resultante y dividirlo entre 12, si las pagas extras están prorrateadas, o entre 14 si se reciben aparte.
Poniendo un ejemplo práctico, una persona inscrita en la categoría de ‘Auxiliares Administrativos’, soltera y sin hijos, con un sueldo de 26.000 euros brutos anuales repartido en 12 pagas, tendría una base de cotización de 1.410 euros al mes y se le aplicaría un tipo en el IRPF del 14,15%, debido a su situación. Así pues, su salario neto se quedaría en 15.760 euros netos al año, equivalente a 1.313,33 euros netos mensuales. Los bancos suelen contar con calculadoras online para realizar todo este proceso digitalmente, sin necesidad de hacer cuentas. Es el caso de esta del BBVA, que desgrana todo el resultado por puntos.
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