Son muchas las familias afectadas por la actual crisis sanitaria del COVID-19 que dependen del cobro de su prestación por desempleo. Pues bien, el Ministerio de Trabajo y Economía Social (MTES) y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) acaban de firmar un convenio de colaboración con las asociaciones bancarias AEB, CECA y UNACC por el que las entidades de crédito podrán adelantar el pago de las prestaciones por desempleo a los afectados por esta crisis.
El principal objetivo de este convenio es aliviar el impacto negativo que esta situación está provocando en la economía de muchas familias que dependen del cobro de su prestación por desempleo para afrontar su día a día.
Inicialmente este convenio tiene una duración de 3 meses de tiempo prorrogable por el mismo periodo y fija el procedimiento que las entidades deberán seguir si se adhieren a él de forma voluntaria.
Hasta el momento cualquier trabajador afectado cuya prestación por desempleo haya sido reconocida por el SEPE tenía que esperar hasta el día 10 del mes siguiente para cobrar su prestación, ahora no sería así.
¿Cómo me adelantará mi banco mi prestación por desempleo?
Respecto al funcionamiento que se ha fijado es el siguiente:
El SEPE reconoce la prestación por desempleo, se lo comunica a la entidad financiera automáticamente, y a partir de ese momento, ésta ofrece el anticipo directamente a los beneficiarios para que dispongan del dinero con antelación y así puedan hacer frente a sus gastos.
Respecto a los potenciales beneficiarios de estos anticipos, serán aquellas personas a las que el SEPE reconozca una prestación o subsidio por desempleo desde el día 1 de mayo, con efectos económicos retroactivos al inicio de esta crisis sanitaria.
Por otra parte, es importante señalar que este acuerdo contempla que el tipo de interés aplicable a este adelanto es del 0%. Además, no existirá ningún tipo de comisión por realizar esta operación, ni tampoco exigirán ninguna garantía para su cobro.
También te puede interesar:
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El BOE lanza las oposiciones más interesantes para 2025 con 500 convocatorias y más de 11.000 plazas
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana 24 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara en Nochebuena
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía