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Una conductora es multada con 3.000 euros por entrar en zona ZBE de Madrid y ahora la Justicia dice que la sanción es ilegal

Las multas puestas en ese tramo corresponden al Estado y no al Ayuntamiento de Madrid, por lo que la multa no fue ajustada a derecho.


Cartel que señaliza la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) en Plaza Elíptica, Madrid
Cartel que señaliza la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) en Plaza Elíptica, Madrid |EFE
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado 15 multas de 200 euros impuestas a una conductora por acceder sin autorización a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de Plaza Elíptica. El motivo de esta anulación es, que las sanciones fueron impuestas en un tramo de la carretera A-42 cuya titularidad corresponde al Estado y no al Ayuntamiento de Madrid, por lo que carecía de competencia para multar en dicho punto. Como resultado, el consistorio deberá devolver los 3.000 euros cobrados indebidamente a esta conductora.

Ahora, este fallo se suma a otras resoluciones judiciales que han puesto en duda la legalidad de las sanciones o multas impuestas en estas zonas ZBE de la capital. Desde la anulación de la ordenanza que regula estas zonas en septiembre de 2024, el Ayuntamiento se esta enfrentando a numeroso litigios legales, reclamándoles las devoluciones de las sanciones aplicadas a conductores de forma indebida.

Plaza Elíptica y la falta de competencia municipal

Todo este problema viene a raigales de la ZBEDEP (Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección) de Plaza Elíptica, que restringe el acceso a vehículos sin distintivo ambiental, salvo excepciones, abarca calles de los distritos de Carabanchel y Usera. Ahora, parte de esta zona hay un tramo final que corresponde con la Autovía de Toledo (A-42) y esta pertenece a la Red de Carreteras del Estado y no ha sido cedida al Ayuntamiento de Madrid.

Este punto ha sido clave en la resolución del TSJ, que recalca en su sentencia que la vía donde se registraron las sanciones está “clasificada como Autovía a partir del P.K. 3+710 […] sin que haya existido cesión alguna al Ayuntamiento de Madrid”. No solo eso, sino que el fallo subraya que no se ha acreditado que dicho punto esté “calificado en el planeamiento como tramo urbano”.

Por su parte, la organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que fue quien presentó la demanda en defensa de la conductora sancionada, ha manifestado que esta resolución “ha vuelto a poner en entredicho la legalidad de las multas impuestas por el Ayuntamiento de Madrid en las ZBE”.

Este fallo, se alinea con otras resoluciones que también han anulado sanciones impuestas en las ZBE de la capital. En septiembre de 2024, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ya anuló la normativa que regula estas zonas por defectos en su formulación. Aunque el Ayuntamiento recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo, este aún no ha emitido un fallo definitivo.

Hasta que exista un fallo definitivo, los tribunales han seguido dictando sentencia contraria a la aplicación de sanciones en estas zonas. En estos, los jueces ha explicado que las multas puestas en Plaza Elíptica y otras zonas de bajas emisiones se han basado en una normativa que “no se ajusta a Derecho”.

Más de 435 millones de euros en multas bajo revisión

Si miramos a los datos del portal de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, desde septiembre de 2021 hasta octubre de 2024, se han puesto un total de 2.284.320 multas en las zonas ZBE de la capital, lo que ha supuesto unos ingresos para las arcas del consistorio superiores a los 435 millones de euros.

El presidente de AEA, Mario Arnaldo, ha señalado que estas resoluciones judiciales constituyen “un importante precedente” y anima a los conductores sancionados a recurrir sus multas. Además, advierte que, si el Tribunal Supremo inadmite el recurso del Ayuntamiento, este no solo deberá anular todas las multas, sino que ademas deberá de devolver las sanciones cobradas indebidamente. “Si el Tribunal Supremo inadmite el recurso, el Ayuntamiento de Madrid no solo tiene que anular las multas pendientes, sino que tiene que devolver a los automovilistas hasta el último céntimo de lo que ha estado cobrando injustamente durante todos estos años”, manifiesta Arnaldo.

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