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Un abogado, experto en alquiler, advierte: si el casero no avisa con 4 meses de que no quiere renovar el contrato, el inquilino puede quedarse en la vivienda hasta 3 años más

El inquilino puede estar viviendo en la casa o piso alquilado hasta 8 años si el casero no tiene en cuenta el periodo de aviso para renovar cuando llegue la fecha mínima de finalización del contrato

Alberto Sánchez, abogado experto en alquiler
Alberto Sánchez, abogado experto en alquiler |Pixabay - TikTok LegalMente
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:
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Cuando se alquila una vivienda, la duración del contrato es una de las dudas más frecuentes que suelen tener propietarios e inquilinos. Y es que la Ley de Arrendamientos Urbanos prevé una duración mínima que deben tener estos arrendamientos, al igual que plazos para avisar de la finalización si no se quiere que el mismo se prorrogue. Si no se tienen en cuenta los mismos, el inquilino podría estar en la vivienda hasta 8 años. 

En el caso de los caseros deben prestar atención a dichos plazos si no quieren continuar alquilando la vivienda al mismo inquilino. Así lo explica el abogado experto en alquiler, Alberto Sánchez, a través de sus redes sociales. 

Lo primero que tienen que conocer los caseros es cuanto puede durar como mínimo un contrario de alquiler. Y en este sentido la LAU es clara. En su artículo 9 establece que el contrato dura lo que las partes establezcan, pero el inquilino puede extenderlo por su propia voluntad hasta 5 años si el casero es una persona física y 7 años si es una persona jurídica. Pero ¿qué pasa una vez que se llega a esta fecha?

Si el casero no avisa en el tiempo establecido, el inquilino puede quedarse en la vivienda hasta 3 años más 

Cuando se alcance este plazo máximo de 5 o 7 años establecido por la ley, el contrato llega a su fecha de fin. Ahora bien, hay que tener en cuenta, según explica el experto, que si el casero quiere darlo por finalizado deberá avisar al inquilino con al menos 4 meses de antelación. Es decir, que si el contrato finaliza en julio de 2025, el casero debería haber avisado al inquilino en marzo de que quiere darlo por terminado. 

¿Qué pasa si no cumple con este preaviso? En este caso, el inquilino puede prorrogar el contrato de alquiler hasta otros 3 años, permaneciendo en la vivienda, sumando todos los periodos un total de 8 años (10 si es una persona jurídica). 

Esto queda recogido en el artículo 10 de la LAU que establece que si llegado el vencimiento del contrato o sus prórrogas tras el periodo mínimo de vigencia de 5 o 7 años, si el arrendador (casero) no notifica con “al menos con cuatro meses de antelación” de “su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más”.

artículo 10 de la ley de arrendamientos urbanos

Cuando se está dentro de este plazo, solo el inquilino puede decidir no renovarlo hasta agotar estos 3 años, siempre y cuando lo “manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades”.