El Ayuntamiento de Cáceres cuenta desde el mes de octubre de este año, con una nueva convocatoria de ayudas para el fomento de la natalidad con la que se cobran 500 euros por hijo. Las bases de la convocatoria están publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres (BOP) y ya tienen el plazo de solicitud abierto.
Los interesados deberán saber que en caso de que se agoten los 125.000 euros que el Ayuntamiento ha destinado al pago de esta prestación, el plazo se cerrará. Pero mientras tanto, los que han sido padres este año o han adoptado algún menor en el mismo periodo podrán solicitarla y si cumplen con los requisitos, recibirán el dinero en sus cuentas.
Requisitos para cobrar la ayuda de 500 euros
Según las bases de la convocatoria que aparecen en el documento oficial (podrá consultarse entero en este enlace), los que quieran cobrar esta ayuda a la natalidad de 500 euros por hijo deberán cumplir estos requisitos:
- El menor debe haber nacido o haber sido adoptado entre el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2025.
- Ambos progenitores deberán tener residencia legal en Cáceres.
- Deben estar empadronados al menos 12 meses ininterrumpidos antes de la solicitud en Cáceres y sus pedanías.
- Acreditar que se está al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria, Seguridad Social y el Ayuntamiento.
- No haber recibido otra ayuda municipal con el mismo fin.
Es importante saber que sólo una persona puede ser la beneficiaria por menor, salvo que haya custodia compartida con desacuerdo y en ese caso se repartirá la ayuda al 50%.
Además, como se explica en el BOP, no se podrán superar unos ingresos mensuales que son de 2.800 euros (cuatro veces el IPREM) o 3.500 euros (5 veces el IPREM) en el caso de familias monoparentales / monomarentales, numerosas, miembro con discapacidad del 33% o superior o víctimas de violencia de género. Para calcular estos ingresos, se tomará la media de los tres meses previos a la solicitud.
Obligaciones de los beneficiarios para no perder la ayuda
Una vez que se concede la ayuda, el Ayuntamiento de Cáceres establece una serie de obligaciones, que son la de mantenerse empadronado al menos durante 3 años en la ciudad una vez que se haya concedido la prestación, destinar el 100% del importe a compras en comercios locales, y sólo deberán ser productos relacionados con el cuidado del bebé.
Además, habrá que justificar los gastos con facturas emitidas este 2025 por tiendas que se encuentren en Cáceres. Toda la documentación deberán presentarla antes del 15 de diciembre. No se aceptará pago con Bizum en los establecimientos.
La concesión se hará de modo directo, en orden de entrada, hasta que se agote el presupuesto. Se notificará al solicitante de modo individual y el pago se realizará por anticipado.

