Permanecer fuera del mercado laboral a partir de los 50 años puede conllevar una gran dificultad para volver a él. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) intenta protegerlos con el subsidio para mayores de 52 años, tanto económicamente como con formación. Para ello, deben demostrar un requisito especial si quieren acceder a la ayuda de 500 euros en julio.
A efectos prácticos, los mayores de 52 años que cobran el subsidio no reciben esa cuantía, es algo aproximado. Tal y como está fijado actualmente el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples, estos desempleados tienen derecho a cobrar el 80% del IPREM, es decir, 480 euros mensuales.
Generalmente, el SEPE pide que los beneficiarios con 52 años o más estén en desempleo o situación legal de desempleo, permanecer inscritos como demandantes de empleo, no rechazar ningún curso de formación u oferta de trabajo, suscribir el compromiso de actividad y demostrar que sus rentas mensuales son inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (850,5 euros al mes).
No obstante, se necesitan acreditar dos condiciones especiales para llegar a tener derecho a este subsidio por desempleo.
Los requisitos especiales para cobrar el subsidio para mayores de 52 años
Como queda reflejado en el portal online del SEPE, los desempleados con 52 años o más tienen que demostrar dos requisitos especiales. Uno corresponde con un periodo mínimo de cotización, ya que es el único que cotiza para la pensión de jubilación. Otro, con un trámite anual que de no hacerlo conlleva la suspensión inmediata de la ayuda.
El periodo mínimo de cotización es de:
- 15 años para la pensión de jubilación: dos de ellos deben figurar dentro de los 15 años anteriores a la solicitud.
- Seis años de cotización para la prestación contributiva de desempleo (el paro), dentro del Régimen General.
Por su parte, el documento imprescindible a entregar en el SEPE al año de disfrutar del subsidio para mayores de 52 años es la Declaración Anual de Rentas (DAR). Es un documento que debe presentarse, física o telemáticamente, para demostrar a la administración que se cumple con el requisito de carencia de rentas.
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía