La Seguridad Social permite que ciertas familias con hijos menores puedan acceder a un complemento a la infancia con unas cuantías que rondan los 57,5 y los 115 euros al mes sin límite de hijos. Tiene la peculiaridad de que puede cobrarse por sí solo o adjuntarse a la cuantía de los perceptores del Ingreso Mínimo vital (IMV). La cuantía dependerá del número de descendientes menores de edad que formen parte de la unidad de convivencia.
Este complemento de ayuda para la infancia corresponde a un extra que tiene como objetivo servir de ayuda económica a los padres que tienen pocos recursos económicos o un aumento desmesurado de gastos ante la llegada del nuevo bebé. En definitiva, se intenta luchar contra la pobreza infantil.
Por regla general, este complemento nació para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, siempre que los ingresos no lleguen a superar ni el 300% de la renta garantizada ni el 150% del umbral de ingresos, según el tipo de unidad familiar. Las familias que no son perceptoras de esta prestación también tienen derecho a ella.
Cuantías que corresponden al complemento de ayuda a la infancia en 2024
Durante 2024, este complemento de ayuda a la infancia lo reciben un total de 451.190 personas, según los últimos datos aportados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Es una ayuda que presenta varias cuantías en función de la edad de los menores:
- De 0 a 3 años, el importe a percibir por hijo es de 115 euros al mes.
- De 3 a 6 años, el importe baja hasta los 80,5 euros mensuales.
- A partir de los 6 y hasta alcanzar la mayoría de edad, el importe es de 57,5 euros al mes.
Por tanto, en el caso que aquí ocupa, podrían recibir hasta 345 euros al mes las familias firmadas por dos hijos con edades comprendidas entre los 0 y 3 años y con dos hijos entre los 6 y los 18 años. En el cómputo anual, extra suma unos ingresos de 4.140 euros.
Cómo solicitar el complemento de ayuda a la infancia
Para acceder a este extra por hijo menor de edad a cargo basta con que el Instituto Nacional de la Seguridad Social reconozca que la familia tenga derecho a ese derecho. Algo que generalmente reconoce de oficio en muchas ocasiones si, por ejemplo, ya se es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, si se ha solicitado esa prestación y el expediente está en trámite o si se es beneficiario de protección familiar.
Sin embargo, quienes quieran hacerlo por ellos mismos o no estén incluidos en los casos anteriores, puede acceder a la solicitud del IMV o a un formulario online habilitado en la sede electrónica de la Seguridad Social.
Los límites de ingresos para cobrar el complemento de ayuda a la infancia
Siempre que una familia, monoparental o no, quiera acceder al complemento de ayuda a la infancia debe demostrar que no supera ciertos límites de ingresos. Generalmente, no pueden sobrepasar el 300% de la renta garantizada, según la unidad de convivencia. Esas cuantías corresponden con las siguientes:
- Un adulto: 604,21 euros mensuales.
- Un adulto y un menor: 673,26 euros mensuales.
- Un adulto y dos menores: 828,63 euros mensuales.
- Un adulto y tres menores: 1.148,01 euros mensuales.
- Un adulto y más de tres menores: 1.329,27 euros mensuales.
- Dos adultos: 785,48 euros mensuales.
- Dos adultos y un menor: 828,63 euros mensuales.
- Dos adultos y dos menores: 1.148,01 euros mensuales.
- Dos adultos y más de dos menores: 1.329,27 euros mensuales.
- Tres adultos: 828,63 euros mensuales.
- Tres adultos y un menor: 1.148,01 euros mensuales.
- Tres adultos y dos o más menores: 1.329,27 euros mensuales.
- Cuatro adultos: 1.148,01 euros mensuales.
- Cuatro adultos y un menor: 1.329,27 euros mensuales.
- Otros: 1.329,27 euros mensuales.
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