
El nuevo índice de actualización anual de los contratos de alquiler de vivienda, que se esperaba para este mes de diciembre, ya ha sido definido por el Instituto Nacional de Estadística (INE) según ha informado este mismo viernes el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU). Con este se pretende regular la actualización de las rentas de los contratos de arrendamiento.
El indicador que tenía que estar listo para finales de año, según lo establecido en la Ley de Vivienda, servirá como límite de referencia para las actualizaciones de los alquileres, con el objetivo de ofrecer estabilidad tanto a propietarios como a inquilinos evitando aumentos desmedidos en las rentas.
Tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, BOE este mismo viernes, tendrá efecto a partir del próximo 1 de enero de 2025. A partir de esta fecha se aplicará a todos los contratos de arrendamiento firmados a partir del 25 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la Ley de Vivienda.
Según recogen desde Europa Press, el secretario de Estado de Vivienda, David Lucas, destaca que con esta medida el Gobierno refuerza su compromiso con la transparencia y la seguridad en el mercado de alquiler. "Se trata de una herramienta para aportar más transparencia y dar seguridad a caseros e inquilinos", ha afirmado en un comunicado.
Cómo será el nuevo índice diseñado por el INE
Según la agencia, índice diseñado por el INE se fundamenta en una metodología que combina diferentes indicadores económicos. Entre ellos destacan el Índice de Precios al Consumo (IPC), la inflación subyacente y las variaciones anuales de ambos. Además, se incorpora un parámetro que contempla las expectativas de crecimiento a largo plazo, desarrollado en colaboración con la Dirección General de Política Económica.
Un elemento clave es la aplicación de un coeficiente moderador, propuesto conjuntamente por la Dirección General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y de la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía, que toma en cuenta las particularidades del mercado del alquiler en cada momento.
El resultado final es un índice de referencia que mensualmente se publicará con dos decimales y que se empleará como límite para las actualizaciones de los contratos de arrendamiento.
De acuerdo con la normativa vigente, la subida anual de los alquileres no podrá superar la menor de estas tres tasas: la variación anual del IPC, la variación anual de la inflación subyacente o la tasa de variación media ajustada que establece el propio índice.

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