
El impuesto de sucesiones es un impuesto que grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por personas físicas. En el caso de sucesiones, el impuesto grava incrementos patrimoniales obtenidos por las personas físicas a título gratuito y mortis causa. En general, el impuesto se paga en tres supuestos que son los siguientes: en el caso en que se produzca una adquisición por causa de muerte, es decir, cuando se recibe un bien o un derecho por herencia, legado u otro título de sucesión. Y cuando se produzca una donación en vida o si se es beneficiario de un seguro de vida.
El Impuesto de Sucesiones posee carácter obligatorio, pero existen exenciones. Son supuestos de no sujeción al impuesto de sucesiones y donaciones: la obtención de premios en juegos legales u otros premios o indemnizaciones a los que no se aplica el IRPF y las becas, primas, gratificaciones, subvenciones o similares concedidas por entidades rurales, deportivas, benéficas o de acción social. Además, algunas autonomías también se libran del pago del impuesto a cónyuges y descendientes directos, si se trata de una vivienda habitual o empresa familiar o de donaciones a organizaciones benéficas.
El plazo para pagar el Impuesto de Sucesiones es de 6 meses desde la fecha de defunción. Si no se puede afrontar el pago dentro del plazo legal, es posible solicitar un aplazamiento antes de que transcurran 5 meses desde la defunción. Si se procede al pago más tarde de los seis meses, deberemos liquidar intereses de demora y recargos de apremio. Si lo dejamos pendiente de pago impedirá que podamos acceder a alguno de los bienes heredados.
Consecuencias de no pagar el impuesto de sucesiones: de recargos a incluso pena de cárcel
Si no se paga el impuesto de sucesiones, el Estado puede tomar diversas acciones legales, que pueden incluir. Es importante destacar que el impuesto de sucesiones debe ser siempre pagado, excepto en los casos en que se renuncie a la herencia. Las consecuencias de no pagar el impuesto de sucesiones pueden variar según el caso, pero en general, incluyen:
Intereses de demora: cuando el heredero no cumple con las obligaciones fiscales, se enfrenta a pagar intereses por la demora, que pueden oscilar entre el 50% y el 150% de la cuota no pagada.
Sanciones y recargos: la falta de presentación e ingreso en plazo de la autoliquidación del impuesto sobre sucesiones puede llegar a constituir un delito fiscal de defraudación. Además, el no pagar el impuesto de sucesiones puede producir sanciones y recargos que pueden ser difíciles de afrontar. Si la autoliquidación se presenta fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración tributaria, la sanción será la mitad del importe mencionado, que es una multa pecuniaria fija de 200 euros. En el caso que no haya que ingresar cuota, la multa puede ser de hasta 200 euros.
Embargos y otras acciones legales: si un heredero no paga los impuestos, puede ser objeto de multas, embargos u otras acciones legales.
Pérdida de bonificaciones: en algunos casos, los herederos pueden tener derecho a bonificaciones en el impuesto de sucesiones. Si no se paga el impuesto, se pierde el derecho a estas bonificaciones.
Posibles consecuencias penales: en casos extremos, cuando la cantidad defraudada supere los 120.000 euros, la falta de pago del impuesto de sucesiones puede tener consecuencias penales. La pena de prisión puede llegar a ser de uno a cinco años. Y una multa de una a seis veces de la cantidad defraudada.
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