Así queda la tabla de jubilación anticipada voluntaria e involuntaria en 2025 y cómo penaliza a la pensión

Para 2025, las jubilaciones anticipadas conllevan nuevos recortes en la cuantía de la pensión de jubilación, sobre todo en aquellas que alcancen la pensión máxima.

Tabla de penalización por jubilación anticipada 2025
Tabla de penalización por jubilación anticipada 2025 NoticiasTrabajo
Francisco Miralles

En 2025, la jubilación anticipada presentará varios cambios que afectarán tanto a la edad mínima para acceder a este como los coeficientes reductores aplicables. La Seguridad Social explica que todas las jubilaciones anticipadas voluntarias e involuntarias conllevarán un recorte sobre la cuantía de la pensión, las cuales irán desde un 0,50% y hasta un 30%.Este recorte dependerá de los años cotizados, los meses de adelanto sobre la edad ordinaria y de sí esta es voluntaria o involuntaria, afectando tanto a las mensualidades y pagas extraordinarias.

Para el próximo año, la edad ordinaria de jubilación legal se situará en los 66 años y 8 meses y para aquellos que haya cotizado 38 años y tres meses podrán hacerlo a la edad de 65 años. Así, en la jubilación anticipada voluntaria, que permite un adelanto de hasta 24 meses la edad ordinaria, por lo que la edad mínima sería de 63 años (o 64 años y 8 meses si no se llega a los 38 años y tres meses cotizados).

En el caso de la jubilación anticipada involuntaria, permite adelantar la edad hasta 48 meses respecto a la edad ordinaria (4 años). Esto significa que dependiendo de los años cotizados, la edad de retiro podrá fijarse en 62 años y ocho meses o en 61 años, este último, siempre que se hayan cotizado al menos 38 años y tres meses.

Tabla con las penalizaciones por acogerse a la jubilación anticipada voluntaria

Para aquellos que opten por la jubilación anticipada voluntaria en 2025, la Seguridad Social aplica un coeficiente reductor en función de los años cotizados y el tiempo de adelanto de la jubilación. Estos recortes se distribuyen de la siguiente forma:

  • Menos de 38 años y seis meses cotizados: 21% de reducción si el adelanto es de dos años, y 3,26% si se anticipa solo un mes.
  • Entre 38 y 41 años y seis meses: 19% de reducción con dos años de adelanto, y 3,11% con un mes.
  • Entre 41 y 44 años y seis meses: 17% de recorte si se adelanta dos años, y 2,86% con un mes de antelación.
  • Más de 44 años y seis meses cotizados: 13% de reducción si se adelanta dos años, y 2,81% si es un mes antes.
Meses que se adelanta la jubilación Periodo cotizado: menos de 38 años y 6 meses Periodo cotizado: igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses Periodo cotizado: igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses Periodo cotizado: igual o superior a 44 años y 6 meses
24 21% 19% 17% 13%
23 17,60% 16,50% 15% 12%
22 14,65% 14% 13,33% 11%
21 12,57% 12% 11,43% 10%
20 11% 10,50% 10% 9,20%
19 9,78% 9,33% 8,89% 8,40%
18 8,80% 8,40% 8% 7,60%
17 8% 7,64% 7,27% 6,91%
16 7,33% 7% 6,67% 6,33%
15 6,77% 6,46% 6,15% 5,85%
14 6,29% 6% 5,71% 5,43%
13 5,87% 5,60% 5,33% 5,07%
12 5,50% 5,25% 5% 4,75%
11 5,18% 4,94% 4,71% 4,47%
10 4,89% 4,67% 4,44% 4,22%
9 4,63% 4,42% 4,21% 4%
8 4,40% 4,20% 4% 3,80%
7 4,19% 4% 3,81% 3,62%
6 4% 3,82% 3,64% 3,45%
5 3,83% 3,65% 3,48% 3,30%
4 3,67% 3,50% 3,33% 3,17%
3 3,52% 3,36% 3,20% 3,04%
2 3,38% 3,23% 3,08% 2,92%
1 3,26% 3,11% 2,96% 2,81%

Sabiendo esto, por ejemplo, un trabajador que tras aplicar el método de cálculo de la Seguridad Social le quedará una pensión de jubilación de 2.000 euros al mes, tuviera 40 años cotizados y adelantará la pensión 24 meses, la Seguridad Social aplicaría una penalización del 19%, con lo que le quedaría una pensión de 1.620 euros. En el caso haber cotizados menos de 38 años y seis meses, la penalización sería del 21% por lo que quedaría una pensión de 1.580 euros.

Tabla con las penalizaciones por acogerse a la jubilación anticipada involuntaria

En el caso de acceder a una jubilación anticipada involuntaria o forzosa, la Seguridad Social aplicará un coeficiente reductor entre el 0,50% y hasta un 30%. Estos serían las penalizaciones para 2025:

  • Menos de 38 años y seis meses cotizados: 21% de reducción si el adelanto es de dos años, y 3,26% si se anticipa solo un mes.
  • Entre 38 y 41 años y seis meses: 19% de reducción con dos años de adelanto, y 3,11% con un mes.
  • Entre 41 y 44 años y seis meses: 17% de recorte si se adelanta dos años, y 2,86% con un mes de antelación.
  • Más de 44 años y seis meses cotizados: 13% de reducción si se adelanta dos años, y 2,81% si es un mes antes.
Meses que se adelanta la jubilación Periodo cotizado: menos de 38 años y 6 meses Periodo cotizado: igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses Periodo cotizado: igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses Periodo cotizado: igual o superior a 44 años y 6 meses
4 años – 48 30% 28 % 26 % 24 %
47 29,4% 27,4 % 25,5 % 23,5 %
46 28,8% 26,8 % 24,9 % 23 %
45 28,1 % 26,3 % 24,4 % 22,5 %
44 27,5 % 25,7 % 23,8 % 22 %
43 26,9 % 25,1 % 23,3 % 21,5 %
42 26.25 % 24,5 % 22,8 % 21 %
41 25,6 % 23,9 % 22,2 % 20,5 %
40 25 % 23,3 % 21,7 % 20 %
39 24,4 % 22,8 % 21,1 % 19,5 %
38 23,8 % 22,2 % 20,6 % 19 %
37 23,1 % 21,6 % 20 % 18,5 %
3 años – 36 22,5 % 21 % 19,5 % 18 %
35 21,9 % 20,4 % 19 % 17,5 %
34 21,3 % 19,8 % 18,4 % 17 %
33 20,6 % 19,3 % 17,9 % 16,5 %
32 20 % 18,7 % 17,3 % 16 %
31 19,4 % 18,1 % 16,8 % 15,5 %
30 18,8 % 17,5 % 16,3 % 15 %
29 18,1 % 16,9 % 15,7 % 14,5 %
28 17,5 % 16,3 % 15,2 % 14 %
27 16,9 % 15,8 % 14,6 % 13,5 %
26 16,3 % 15,2 % 14,1 % 13 %
25 15,6 % 14,6 % 13,5 % 12,5 %
2 años – 24 15 % 14 % 13 % 12 %
23 14,4 % 13,4 % 12,5 % 11,5 %
22 13,8 % 12,8 % 11,9 % 11 %
21 12,6 % 12 % 11,4 % 10 %
20 11 % 10,5 % 10 % 9,2 %
19 9,78 % 9,33 % 8,89 % 8,4 %
18 8,8 % 8,4 % 8 % 7,6 %
17 8 % 7,64 % 7,27 % 6,91 %
16 7,33 % 7 % 6,67 % 6,33 %
15 6,77 % 6,46 % 6,15 % 5,85 %
14 6,29 % 6 % 5,71 % 5,43 %
13 5,87 % 5,6 % 5,33 % 5,07 %
1 año – 12 5,5 % 5,25 % 5 %  4,75 %
11 5,18 % 4,94 4,71 % 4,47 %
10 4,89 % 4,67 % 4,44 % 4,22 %
9 4,63 % 4,42 % 4,21 % 4 % 
8 4,4 % 4,2 % 4 % 3,8 %
7 4,19 % 4 % 3,81 % 3,62 %
6 3,75 % 3,5 % 3,25 % 3 %
5 3,13 % 2,92 % 2,71 % 2,5 %
4 2,5 % 2,33 % 2,17 % 2 %
3 1,88 % 1,75 % 1,63 % 1,5 %
2 1,25 % 1,17 % 1,08 % 1 % %
1 0,63 % O,58 % O,54 % O,50 %
0

En este caso, por ejemplo, un trabajador que tuviera 40 años de cotización y decide adelantar la jubilación en 48 meses respecto a la edad ordinaria, la penalización aplicada sería del 28% sobre la base reguladora. Así, la reducción sería de 560 euros (28% de 2.000), quedando la pensión mensual en 1.440 euros.

Tabla con los coeficientes reductores cuándo la pensión supera la pensión máxima

Para aquellas pensiones que, tras aplicar el método de cálculo de la Seguridad Social y los coeficientes reductores, la pensión resultante fuera superior a la pensión máxima, la Seguridad Social aplicará un coeficiente reductor. Este variará dependiendo del año de acceso a la jubilación anticipada voluntaria (solo afecta a la voluntaria). Estos coeficientes se encuentran publicados bajo la disposición transitoria trigésima cuarta de la Ley 21/2021, la cual se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado.

En la siguiente tabla se puede consultar los coeficientes reductores para 2025 que se aplicarán en los casos de jubilación anticipada cuando esta supere la pensión máxima:

Meses Anticipo Periodo cotizado: menos de 38 años y 6 meses Periodo cotizado: igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses Periodo cotizado: igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses Periodo cotizado: igual o superior a 44 años y 6 meses
24 5,7 % 5,5 % 5,3 % 4,9 %
23 5,36 % 5,25 % 5,1 % 4,8 %
22 5,07 % 5 % 4,93 % 4,7 %
21 4,41 % 4,35 % 4,29 % 4,15 %
20 4,25 % 4,2 % 4,15 % 4 %
19 4,13 % 4,08 % 4,04 % 3,99 %
18 3,58 % 3,54 % 3,5 % 3,46 %
17 3,5 % 3,46 % 3,43 % 3,39 %
16 3,43 % 3,4 % 3,37 % 3,33 %
15 2,93 % 3,29 % 2,9 % 2,84 %
14 2,88 % 2,9 % 2,82 % 2,79 %
13 2,84 % 2,81 % 2,78 % 2,76 %
12 2,35 % 2,33 % 2,3 % 2,28 %
11 2,22 % 2,29 % 2,27 % 2,25 %
10 2,29 % 2,27 % 2,24 % 2,24 %
9 1,81 % 1,79 % 1,77 % 1,75 %
8 1,79 % 1,77 % 1,75 % 1,73 %
7 1,77 % 1,75 % 1,73 % 1,71 %
6 1,3 % 1,28 % 1,26 % 1,26 %
5 1,28 % 1,27 % 1,25 % 1,25 %
4 1,27 % 1,25 % 1,23 % 1,23 %
3 0,8 % 0,79 % 0,77 % 0,74 %
2 0,79 % 0,77 % 0,76 % 0,73 %
1 1,05 % 0,76 % 0,75 % 0,76 %

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