
Para la Seguridad Social, la cuantía de la pensión de jubilación depende de las bases de cotización de los últimos 25 años, del total de años cotizados y de la edad de jubilación. Mientras que las bases de cotización determinan el 100 % de la base reguladora, el total de años cotizados define el porcentaje de ese 100 % al que se tiene derecho. Para el cálculo de dicha base se consideran las cotizaciones acumuladas en todos los regímenes de cotización, por lo que, en ciertos casos, puede surgir el derecho a recibir dos pensiones de jubilación.
En este sentido, muchos trabajadores que perciben un sueldo de entre 1.500 y 2.000 euros mensuales están interesados en saber a qué pensión tendrían derecho al alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Se hace referencia a la edad ordinaria porque, si se adelanta la jubilación, la Seguridad Social aplicará coeficientes reductores, tal y como establece la Ley 27/2011. Cabe recordar que la edad de jubilación ordinaria se incrementa de forma gradual y alcanzará en 2027 los 67 años, o los 65 años en caso de acreditar 38 años y 6 meses de cotización.
Para calcular la cuantía de la pensión, primero es necesario determinar la base reguladora, que representa, por así decirlo, el 100 % de la pensión, dependiendo del total de años cotizados. Para facilitar el cálculo, la Seguridad Social cuenta con una tabla sobre la pensión de jubilación que permite conocer qué pensión queda en función de los años cotizados para 2025. De este modo, conociendo la base reguladora y el total de años cotizados, es posible estimar, de manera aproximada, la cuantía de la pensión que se percibirá al momento de la jubilación.
Cómo se calcula la pensión
La base reguladora es el 100% de la pensión a la que se tiene derecho en función de los años cotizados. Esta se calcula dividiendo entre 350 las 300 últimas base de cotización. A estas bases, salvo la de los dos últimos años, se aplicará un coeficiente para reflejar el efecto inflación (para que no pierda poder adquisitivo en el cálculo).
Ahora, sobre esta cuantía, se puede aplicar la integración de lagunas, un mecanismo que permite cubrir los periodos en los que no se ha cotizado con “cotizaciones ficticias”. Por lo general, durante los primeros 48 meses sin cotización se aplica el 100 % de la base mínima vigente, y a partir del mes 49, el 50 %. A partir de 2024, las mujeres podrán beneficiarse de una ampliación de este beneficio: se aplicará el 100 % de la base mínima hasta el mes 60; del mes 61 al 84, se aplicará un 80 %; y a partir del mes 85, un 50 %. Cabe destacar que este beneficio no está disponible para los trabajadores autónomos.
Tras esto hay que saber qué porcentaje de la pensión se tiene derecho, ya que a más años mayores será el porcentaje. Así, con 15 años cotizados, que es lo mínimo, se tendrá derecho al 50% de la base reguladora. A partir de ahí, se aplicarán los siguientes coeficientes:
- Por cada uno de los siguientes 49 meses cotizados se añadirá un 0,21% adicional a la base reguladora.
- Posteriormente, y durante cada uno de los siguientes 209 meses, se sumará un 0,19% extra a la base reguladora.
De esta forma, para obtener el 100% de la base reguladora será necesario tener 36 años y seis meses cotizados. Estos coeficientes serán aplicables durante 2024, 2025 y 2026. A partir de 2027, los requisitos cambiarán, y será necesario haber cotizado 37 años para poder acceder al 100 % de la pensión.
Tabla con la pensión de jubilación según los años cotizados para un sueldo entre 1.500 y los 2.000 euros
Para conocer qué pensión nos quedaría según los años cotizados hay que saber la base reguladora, datos que podemos consultar en la sede electrónica de la Seguridad Social (informe de las bases de cotización).
Años cotizados | Porcentaje | Base reguladora de 1.500 € | Base reguladora de 1.600 € | Base reguladora de 1.700 € | Base reguladora de 1.800 | Base reguladora de 1.900 € | Base reguladora de 2.000 € |
---|---|---|---|---|---|---|---|
15 años | 50% | 750,00 € | 800,00 € | 850,00 € | 900,00 € | 950,00 € | 1.000,00 € |
16 años | 52,52% | 787,80 € | 840,32 € | 892,84 € | 945,36 € | 997,88 € | 1.050,40 € |
17 años | 55,04% | 825,60 € | 880,64 € | 935,68 € | 990,72 € | 1.045,76 € | 1.100,80 € |
18 años | 57,56% | 863,40 € | 920,96 € | 978,52 € | 1.036,08 € | 1.093,64 € | 1.151,20 € |
19 años | 60,08% | 901,20 € | 961,28 € | 1.021,36 € | 1.081,44 € | 1.141,52 € | 1.201,60 € |
20 años | 62,38% | 935,70 € | 998,08 € | 1.060,46 € | 1.122,84 € | 1.185,22 € | 1.247,60 € |
21 años | 64,66% | 969,90 € | 1.034,56 € | 1.099,22 € | 1.163,88 € | 1.228,54 € | 1.293,20 € |
22 años | 66,94% | 1.004,10 € | 1.071,04 € | 1.137,98 € | 1.204,92 € | 1.271,86 € | 1.338,80 € |
23 años | 69,22% | 1.038,30 € | 1.107,52 € | 1.176,74 € | 1.245,96 € | 1.315,18 € | 1.384,40 € |
24 años | 71,5% | 1.072,50 € | 1.144,00 € | 1.215,50 € | 1.287,00 € | 1.358,50 € | 1.430,00 € |
25 años | 73,78% | 1.106,70 € | 1.180,48 € | 1.254,26 € | 1.328,04 € | 1.401,82 € | 1.475,60 € |
26 años | 76,06% | 1.140,90 € | 1.216,96 € | 1.293,02 € | 1.369,08 € | 1.445,14 € | 1.521,20 € |
27 años | 78,34% | 1.175,10 € | 1.253,44 € | 1.331,78 € | 1.410,12 € | 1.488,46 € | 1.566,80 € |
28 años | 80,62% | 1.209,30 € | 1.289,92 € | 1.370,54 € | 1.451,16 € | 1.531,78 € | 1.612,40 € |
29 años | 82,9% | 1.243,50 € | 1.326,40 € | 1.409,30 € | 1.492,20 € | 1.575,10 € | 1.658,00 € |
30 años | 85,18% | 1.277,70 € | 1.362,88 € | 1.448,06 € | 1.533,24 € | 1.618,42 € | 1.703,60 € |
31 años | 87,46% | 1.311,90 € | 1.399,36 € | 1.486,82 € | 1.574,28 € | 1.661,74 € | 1.749,20 € |
32 años | 89,74% | 1.346,10 € | 1.435,84 € | 1.525,58 € | 1.615,32 € | 1.705,06 € | 1.794,80 € |
33 años | 92,02% | 1.380,30 € | 1.472,32 € | 1.564,34 € | 1.656,36 € | 1.748,38 € | 1.840,40 € |
34 años | 94,3% | 1.414,50 € | 1.508,80 € | 1.603,10 € | 1.697,40 € | 1.791,70 € | 1.886,00 € |
35 años | 96,58% | 1.448,70 € | 1.545,28 € | 1.641,86 € | 1.738,44 € | 1.835,02 € | 1.931,60 € |
36 años | 98,86% | 1.482,90 € | 1.581,76 € | 1.680,62 € | 1.779,48 € | 1.878,34 € | 1.977,20 € |
36 años y 6 meses | 100% | 1.500,00 € | 1.600,00 € | 1.700,00 € | 1.800,00 € | 1.900,00 € | 2.000,00 € |

“Los autónomos deberían contar con un subsidio para mayores de 52 años y con menos burocracia"
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