En España, hay actualmente más de 10 millones de pensionistas, de los cuales 2,1 millones son beneficiarios del complemento a mínimos, lo que garantiza que reciban la pensión mínima establecida para cada tipo. Estas son fijadas cada año en los Presupuestos Generales del Estado (PGE), lo que no quiere decir que todos los pensionistas que cobren por debajo de la mínima deban de cobrarlo. En este sentido, la Seguridad Social explica los motivos por los que un pensionista que perciba una pensión por debajo de la mínima puede percibir este complemento.
Las cuantías mínimas se establecen para todas las pensiones contributivas del sistema público de la Seguridad Social en España, que incluyen las prestaciones por jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y las prestaciones en favor de familiares. Cuando se calcula la cuantía de la pensión, si esta resulta ser inferior a la cuantía mínima establecida, y el pensionista no cuenta con otra fuente de ingresos, es posible solicitar el complemento a mínimos.
Ahora, para acceder a este complemento, el beneficiario debe cumplir una serie de requisitos exigidos por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El motivo por el que la Seguridad Social puede pagar por debajo de la pensión mínima
El motivo por el cual la Seguridad Social puede pagar una pensión por debajo de la cuantía mínima es si el beneficiario supera el nivel de rentas establecido. Es decir, cuando un beneficiario acredita una determinada carencia de rentas y sus ingresos se encuentran por debajo de un límite establecido, se le abona el complemento a mínimos para alcanzar la cuantía mínima de la pensión.
En el año 2023, los límites de ingresos son de 8.614,00 euros para aquellos beneficiarios sin cónyuge a cargo o con cónyuge no a cargo, y de 10.048,00 euros en el caso de tener cónyuge a cargo. Estas cuantías son actualizadas anualmente y se pueden consultar en la web oficial de la Seguridad Social. Este importe se actualiza todos los años.
Así, en el caso de los pensionistas que perciben la pensión mínima junto con el complemento a mínimos, si su nivel de rentas supera las cuantías establecidas anteriormente, la Seguridad Social puede actualizar la pensión y pagar la cantidad correspondiente sin aplicar el complemento a mínimos.
Ahora, mientras no exista un incremento de las rentas por encima de los límites establecidos, el beneficiario no deberá comunicar nada a la Seguridad Social. Solo están obligados aquellos que prevean que sus ingresos van a superar los límites fijados cada año por el organismo.
Como ejemplo, un pensionista que su pensión mínima fuera de 600 euros, pero con el complemento a mínimo por jubilación con cónyuge a cargo esta ascendiera a los 905,53 euros al mes, la percibiría siempre que sus ingresos totales no superasen los 10.048,00 euros. Si durante un año supera este límite de ingresos, el pensionista deberá comunicarlo, lo que provocará que cobre 600 euros, ya que no existe una carencia de ingresos como tal.
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