¿Cuál será mi pensión de jubilación si siempre he cobrado el salario mínimo interprofesional (SMI)? Esta es la pregunta de muchos trabajadores que a lo largo de su vida laboral casi siempre han estado cobrando el salario mínimo y quieren saber con cuánta pensión se jubilarán. Y tiene sentido, ya que la cuantía de esa pensión a la que tiene derecho será, casi siempre, su principal fuente de ingresos mes a mes durante su etapa de retiro.
En este sentido, hay que decir que no existe una cuantía fija en la pensión de jubilación. El sistema de pensiones de la Seguridad Social tendrá en cuenta tanto los años cotizados como la cuantía de las bases de cotización por las que cotizó mientras trabajaba.
A la hora de aplicar el método de cálculo de las pensiones de la Seguridad Social hay que saber que no se realizará sobre el salario que perciba el trabajador, sino sobre las bases de cotización. Por ello, aunque se perciba un salario bajo, las cotizaciones pueden ser altas, lo que beneficiará a la cuantía.
Así, una persona que perciba el salario mínimo percibirá una pensión diferente en función de estos factores. Por ello, conviene repasar cómo se calculan las pensiones de jubilación para los trabajadores que cobran el salario mínimo.
¿Cómo se calcula la base reguladora de la pensión de jubilación si cobro el salario mínimo interprofesional?
Primero hay que calcular la base reguladora del trabajador, cifra que será de referencia para el cálculo de las pensiones contributivas de la Seguridad Social. En el caso de la pensión de jubilación es resultado es la suma de las bases de cotización de los últimos 25 años (300 bases) y dividirlas entre 350.
En este sentido, hay que aclarar un dato y es que aunque cobremos el salario mínimo interprofesional fijado en los 1.080 euros mensuales, la base de cotización no podrá ser inferior a la mínima fijada en los 1.260 euros al mes. Así lo recoge la Orden PCM/313/2023, la cual puede consultarse en este Boletín Oficial del Estado. En tal caso, conviene siempre consultar el informe de vida laboral.
Para el cálculo de la base reguladora, la Seguridad Social aplica un coeficiente para reflejar el efecto de la inflación sobre todos los meses, salvo los de los dos últimos años. El objetivo es conseguir que las cotizaciones más antiguas no pierdan poder adquisitivo.
Además, en el caso de no haber cotizado en determinados periodos, la Seguridad Social permite hacer el uso de la integración de lagunas. Este mecanismo permite rellenar los periodos sin cotizar con cotizaciones ficticias: durante los 48 primeros meses con el 100% de la base mínima vigente y en el 50% de esa base a partir del mes 49. Este beneficio no puede aplicarse ni en los trabajadores autónomos o empleadas de hogar bajo su régimen especial.
Obtenida la base reguladora hay que conocer qué porcentaje de dicha base corresponde al trabajador. El porcentaje depende de los meses trabajados a lo largo de su carrera profesional: cuántos más años, mayor será el porcentaje a percibir.
A qué porcentaje de la base reguladora se tiene derecho
Para acceder a la pensión contributiva de jubilación es necesario tener 15 años cotizados. Con ese mínimo se tiene derecho al 50% de la base reguladora. Si se ha cotizado más años, se irá sumando un mayor de porcentaje a la base reguladora:
- Por cada uno de los próximos 49 meses, se añadirá un 0,21% extra a la base reguladora.
- Posteriormente, durante cada uno de los siguientes 209 meses, se sumará un 0,19% adicional a la base reguladora.
Siguiendo este cálculo, las personas que hayan cotizado 36 años y seis meses o más tendrán derecho a cobrar el 100% de la base reguladora, o lo que es lo mismo, el 100% de la pensión.
Qué pensión de jubilación corresponde si se cobra el salario mínimo interprofesional
Para saber cuál sería la pensión de jubilación de un trabajador que normalmente ha cobrado el salario mínimo, se va a tomar como referencia que la base reguladora sea igual a la base de cotización mínima, es decir, 1.260 euros. Con esta información, la base reguladora se calcula en 1.080 euros (1.200 x 300 / 350).
Sabiendo esto, en la siguiente tabla se puede consultar cuál sería la pensión de jubilación según los años trabajados, respetando que acceder a la edad ordinaria de jubilación. En esta tabla no se aplica ni el efecto inflación ni el complemento a mínimos (cuantías mínimas de la pensión de jubilación en 2023).
Años cotizados | porcentaje pensión | Base reguladora de 1.260 euros / mes |
15 años | 50% | 630 |
16 años | 52,52% | 661,75 |
17 años | 55,04% | 693,5 |
18 años | 57,56% | 725,26 |
19 años | 60,08% | 757,01 |
20 años | 62,38% | 785,99 |
21 años | 64,66% | 814,72 |
22 años | 66,94% | 843,44 |
23 años | 69,22% | 872,17 |
24 años | 71,5% | 900,9 |
25 años | 73,78% | 929,63 |
26 años | 76,06% | 958,36 |
27 años | 78,34% | 987,08 |
28 años | 80,62% | 1015,81 |
29 años | 82,9% | 1044,54 |
30 años | 85,18% | 1073,27 |
31 años | 87,46% | 1102 |
32 años | 89,74% | 1130,72 |
33 años | 92,02% | 1159,45 |
34 años | 94,3% | 1188,18 |
35 años | 96,58% | 1216,91 |
36 años | 98,86% | 1245,64 |
36 años y 6 meses | 100% | 1260 |
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