Son muchas las personas las que por obligación o necesidad no han podido trabajar para dedicarse a las tareas del hogar y ser amos de casa. El trabajo de ama de casa es igual que cualquier otro, pero con la diferencia que no cotiza a la Seguridad Social y, por tanto, no genera cotizaciones para la futura pensión de jubilación en su modalidad contributiva, lo que provoca que estas personas queden desamparadas económicamente. Sin embargo, en el caso de carecer de ingresos suficientes, es posible acceder a la pensión no contributiva de jubilación, cuya cuantía anual se ha revalorizado en 2024, hasta los 7.250,60 euros anuales.
Las pensiones no contributivas o PNC son unas prestaciones económicas que reciben personas jubiladas o en situación de invalidez que no han cotizado nunca a la Seguridad Social o no han alcanzado el mínimo de años requeridos para percibir una pensión contributiva. El objetivo de estas es garantizar unos ingresos mínimos, así como proporcionarles asistencia médica y farmacéutica gratuita. Estas, aunque dependen de la Seguridad Social, son gestionadas por las Comunidades Autónomas y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
Hay que tener en cuenta que ser amo o ama de casa no es lo mismo que empleada del hogar. Mientras que los primeros no cotizan a la Seguridad Social, los segundo, si está considerado como un trabajo y por ende, deben estar dados de alta y generando cotizaciones.
Requisitos para obtener la pensión
Para que las amas de casa puedan cobrar esta pensión de jubilación, es necesario cumplir con tres requisitos. El primero de ellos, es tener 65 años. Por otro lado, es necesario ser ciudadano español o tener residencia legal en España durante al menos durante 10 años, de los cuales dos tienen que haber sido consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha en la que se solicita la prestación. Por último, tener ingresos por debajo de los 7.250,60 euros anuales.
Sin embargo, si los ingresos anuales son superiores a 7.250,60 euros y se convive con familiares, el requisito se cumple solo si la suma de los ingresos anuales de todos los miembros de la unidad económica de convivencia es inferior a las cuantías especificadas más adelante.
Para una convivencia únicamente con el cónyuge o parientes hasta segundo grado, los límites son: 12.326,02 € para 2 convivientes, 17.401,44 € para 3, y 22.476,86 € para 4. Si entre los convivientes están los padres o hijos, los límites aumentan a: 30.815,05 € para 2 convivientes, 43.503,60 € para 3, y 56.192,15 € para 4.
Cuánto se cobra
La cuantía de la pensión no contributiva por jubilación no es fija y se determina en función de las rentas personales del solicitante y de la unidad económica de convivencia. Esta puede situarse entre los 7.250,60 euros (517,90 euros por mes), que es la cuantía íntegra, y los 1.812,65 euros anuales (129,48 euros por mes), que es la mínima del 25%.
De esta forma, si las amas de casa no tienen ingresos de ningún tipo cobrarán la cuantía íntegra, pero a medida que los ingresos que se reciban crezcan, la cuantía que se reciba de pensión no contributiva será más baja, pero nunca se podrá cobrar por debajo del mínimo. En el caso de convivir con más beneficiarios de una pensión no contributiva por jubilación, las cuantías serán las fijadas por el IMSERSO y que pueden consultarse en su página web.
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