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Miles de jubilados recibirán una carta de la Seguridad Social este mes de enero de 2026 con la revalorización de sus pensiones

La misiva, firmada por la ministra Elma Saiz, confirmará el aumento del 2,7% para las pensiones de jubilación contributivas, mientras que las mínimas y las no contributivas experimentarán subidas superiores para garantizar la suficiencia económica.

Carta de la Seguridad Social
Carta de la Seguridad Social |NoticiasTrabajo
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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Este mes de enero de 2026, los más de 6,4 millones de jubilados que hay en España comenzarán a recibir en sus domicilios una carta enviada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en la que se detalla la revalorización de las pensiones para el presente ejercicio. Esta comunicación que llega después de que confirmará el dato del Índice de Precios al Consumo (IPC) y que sirve de índice para subir las pensiones y que los jubilados no pierdan poder adquisitivo frente a la inflación.

Este envío no es una novedad, pues cada año, la Seguridad Social envía esta circular para informar de la variación de las cuantías. Según establece el Real Decreto-ley 16/2025, aprobado el pasado 23 de diciembre debido a la prórroga presupuestaria, la subida general para las pensiones contributivas ha sido del 2,7%. Este porcentaje se corresponde con el valor medio de la inflación registrada en los doce meses previos a diciembre de 2025.

Ahora bien, la norma incluye un matiz importante y que lo notarán las pensiones más bajas y es, que las pensiones mínimas de jubilación subirán un 7%, tal y como establece el Real Decreto 2/2023. Para ser más exactos, las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez se han fijado en los 8.803,20 euros anuales.

Qué dice la carta que envía la Seguridad Social

La carta lleva la firma de la ministra Elma Saiz, es de carácter meramente informativo. Es decir, que su función es la de comunicar al pensionista que su pensión ha sido actualizada para así no perder poder adquisitivo (ya que 1.000 euros de hace 10 años no vale lo mismo que ahora).

Hay que aclara que la carta es genérica (es decir, todos recibirán la misma carta) e informa sobre los porcentajes de subida aprobados. En esto días cada jubilado cuando reciba la nómina en su banco o entidad bancaria debería de ver la subida reflejada (también se puede comprobar a través de la Sede Electrónica). Además, la carta explica que la pensión máxima en 2026 se sitúa en 3.359,60 euros mensuales (47.034,40 euros anuales).

Carta enviada por la Seguridad Social
Carta enviada por la Seguridad Social y firmada por Elma Saiz | Seguridad Social

Para el grueso de los jubilados, esta subida del 2,7% supondrá un alivio en la factura mensual. Sin embargo, el mayor esfuerzo presupuestario se centra en las pensiones mínimas, cuyas cuantías para 2026 quedan fijadas en el Anexo I del decreto de la siguiente manera:

Tipo de Pensión de Jubilación (Mínimas)Importe Anual 2026Importe Mensual (14 pagas)
Jubilado con cónyuge a cargo17.592,40 €1.256,60 €
Jubilado sin cónyuge (unidad unipersonal)13.106,80 €936,20 €
Jubilado con cónyuge no a cargo12.441,80 €888,70 €

Además, aquellos jubilados que accedan a la pensión desde la situación de Gran Invalidez verán sus cuantías mínimas incrementadas considerablemente, alcanzando los 26.385,80 euros anuales (unos 1.884 euros al mes) si tienen cónyuge a cargo.

Cuándo se cobra la subida y cómo reclamar

Aunque la revalorización tiene efectos económicos desde el 1 de enero de 2026, la Tesorería General de la Seguridad Social abona las pensiones a mes vencido. Esto significa que la nómina con la subida se devenga a final de mes. Sin embargo, la práctica bancaria habitual en España es adelantar el abono. Por ello, la mayoría de los jubilados verán el ingreso actualizado en sus cuentas entre el día 22 y el 26 de enero, dependiendo de la entidad financiera (CaixaBank, Santander, BBVA, etc.).

Si al recibir el ingreso o la carta el jubilado detecta que la cantidad no corresponde con la subida del 2,7% o con los nuevos mínimos establecidos, se recomienda actuar con celeridad. Se puede solicitar una revisión de la prestación a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o acudiendo presencialmente a los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), para lo cual es imprescindible solicitar cita previa.