La Seguridad Social rechaza de oficio la jubilación de los trabajadores que no solicitan su pensión, incluso aunque ya hayan alcanzado la edad ordinaria y acumulen todos los años de cotización exigidos. La razón es que la Seguridad Social no lo concede de forma automática, es decir, que es el propio trabajador y futuro pensionista el que lo debe de solicitar.
Este es uno de los errores más habituales entre los trabajadores que están a punto de retirarse, ya que creen que, una vez que la empresa tramita la baja o que se alcanza la edad ordinaria legal, la pensión empieza a cobrarse sola. Pero no ocurre así. Ni la Seguridad Social activa la jubilación por iniciativa propia ni basta con cumplir los requisitos para empezar a cobrarla.
Así lo explica Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social especializado en prestaciones y pensiones, que explica que “la jubilación debes pedirla. En todos los casos”. Por eso, aunque el trabajador tenga derecho a la pensión, si no presenta la solicitud, no se le reconocerá.
El funcionario aclara que para acceder a la jubilación “no basta con que hayas alcanzado la edad legal, no basta con que tengas los años de cotización suficientes ni basta tampoco con que la empresa te haya dado de baja laboral”. Además de todo eso, el trabajador debe presentar la solicitud para que la administración reconozca formalmente el derecho.
Sobre cuándo solicitar la pensión hay que tener claro el plazo de los tres meses, ya que es el plazo de la retroactividad. Alfonso Muñoz explica que “para que los efectos económicos sean desde el día siguiente al cese laboral, la solicitud debe realizarse dentro de los tres meses anteriores o posteriores al cese”. Es decir, existe un margen de tres meses antes o después de dejar de trabajar para que el inicio del cobro quede correctamente fijado.
Si se solicita fuera de ese plazo, la Seguridad Social solo reconoce una retroactividad máxima de tres meses desde la fecha de la solicitud, por lo que en el caso de superarlo, se perdería los meses anteriores.
Por eso, alguien que deja de trabajar y tarda demasiado en pedir la pensión puede encontrarse con que la Seguridad Social no le abone todo el tiempo transcurrido desde el cese. Ese retraso, aunque sea por desconocimiento, puede traducirse en una pérdida económica definitiva.
La recomendación es anticiparse al trámite
Para evitar errores, prisas o problemas con la documentación, el consejo de Alfonso Muñoz es anticiparse. No solo para presentar la solicitud a tiempo, sino también para confirmar la fecha exacta en la que se puede acceder a la jubilación, algo especialmente importante en un sistema en el que la edad ordinaria cambia en función de los años cotizados.
Por eso, recomienda acudir con antelación a la Seguridad Social, ya sea de forma presencial, telefónica o por vía telemática. “Cuando creas que está cerca tu edad de jubilación”, aconseja Muñoz, conviene pedir cita para que la administración indique al trabajador cuándo puede jubilarse exactamente, qué documentación necesita y en qué momento debe presentar la solicitud para no perder dinero.

