La jubilación anticipada es la modalidad de retiro que permite disfrutar de la pensión antes de llegar a nuestra edad ordinaria de jubilación, es decir, el momento en el que deberíamos dejar de trabajar. De este modo, como se disfruta antes de la pensión y por más tiempo, la Seguridad Social establece que la cuantía se debe reducir y por eso aplica un coeficiente reductor. Estos coeficientes irán en forma de porcentaje y serán mayores o menores en función de la modalidad, si es voluntaria o involuntaria, el total de años cotizados y los meses adelantados con respecto a la edad ordinaria.
Así se recoge en el artículo 208 de la Ley General de la Seguridad Social (puede consultarse en este BOE), donde se establece que la jubilación anticipada voluntaria es aquella que viene por la voluntad del trabajador y que permite adelantar hasta dos años la edad de jubilación ordinaria.
En España coexisten dos edades de jubilación en función del total de años cotizados, que regula la Ley 27/2011. En 2026, se pueden jubilar a los 65 años aquellos que cuenten con 38 años y tres meses cotizados. En el caso de no llegar a estas cotizaciones, la edad se situará en los 66 años y 10 meses, pero teniendo en cuenta que en 2027 subirá a los 67 años. Por eso, aquellos trabajadores con dichas cotizaciones podrán jubilarse a partir de los 63 años.
Para poder jubilarse a los 65 años, la Seguridad Social pide un mínimo de 35 años cotizados, de los cuales dos deben darse en los 15 años previos a la solicitud. Además, es necesario que la pensión resultante, es decir, tras aplicar el método de cálculo, sea superior a la pensión mínima que le correspondería a los 65 años y en función de su situación familiar (si tiene o no, cónyuge a cargo).
Tras aplicar el método de cálculo, el cual ha cambiado este 2026, la Ley General de la Seguridad Social explica que aplicará unos coeficientes reductores. Estos coeficientes en forma de porcentaje variarán en función “del período de cotización acreditado y los meses de anticipación”. Es decir, a más meses adelantados y menor número de años y meses trabajados, mayor será el coeficiente.
En este punto hay que pensar si merece o no jubilarse de forma anticipada a cambio de sufrir recortes en la cuantía. En este punto no hay una respuesta certera, pues todo depende de la situación económica y personal de cada trabajador.
Los coeficientes reductores por jubilarse anticipadamente a los 63 y 64 años
Los recortes en la cuantía de la pensión de jubilación de los trabajadores va desde un un 3,26% hasta un 21%. En la siguiente tabla se pueden consultar los coeficientes reductores para una jubilación anticipada voluntaria:
| Meses que se adelanta la pensión | Menos de 38 años y 6 meses cotizados | Entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses cotizados | Entre 41 años y 6 meses cotizados y 44 años y 6 meses cotizados | Más de 44 años y 6 meses cotizados |
|---|---|---|---|---|
| 24 (2 años) | 21 % | 19 % | 17 % | 13 % |
| 23 | 17,6 % | 16,5 % | 15 % | 12 % |
| 22 | 14,65 % | 14 % | 13,33 % | 11 % |
| 21 | 12,57 % | 12 % | 11,43 % | 10 % |
| 20 | 11 % | 10,5 % | 10 % | 9,2 % |
| 19 | 9,78 % | 9,33 % | 8,89 % | 8,4 % |
| 18 | 8,8 % | 8,4 % | 8 % | 7,6 % |
| 17 | 8 % | 7,64 % | 7,27 % | 6,91 % |
| 16 | 7,33 % | 7 % | 6,67 % | 6,33 % |
| 15 | 6,77 % | 6,46 % | 6,15 % | 5,85 % |
| 14 | 6,29 % | 6 % | 5,71 % | 5,43 % |
| 13 | 5,87 % | 5,6 % | 5,33 % | 5,07 % |
| 12 (1 año) | 5,5 % | 5,25 % | 5 % | 4,75 % |
| 11 | 5,18 % | 4,94 % | 4,71 % | 4,47 % |
| 10 | 4,89 % | 4,67 % | 4,44 % | 4,22 % |
| 9 | 4,63 % | 4,42 % | 4,21 % | 4 % |
| 8 | 4,4 % | 4,2 % | 4 % | 3,8 % |
| 7 | 4,19 % | 4 % | 3,81 % | 3,62 % |
| 6 | 4 % | 3,82 % | 3,64 % | 3,45 % |
| 5 | 3,83 % | 3,65 % | 3,48 % | 3,3 % |
| 4 | 3,67 % | 3,5 % | 3,33 % | 3,17 % |
| 3 | 3,52 % | 3,36 % | 3,2 % | 3,04 % |
| 2 | 3,38 % | 3,23 % | 3,08 % | 2,92 % |
| 1 | 3,26 % | 3,11 % | 2,96 % | 2,81 % |
Es decir, que cuando un trabajador decide anticipar al máximo (24 meses), el ajuste es el más severo:
- 21% si tiene menos de 38 años y 6 meses cotizados.
- 19% si acredita entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses.
- 17% si suma entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses.
- 13% si alcanza 44 años y 6 meses o más.
Ahora bien, no hace falta esperar años para reducir el porcentaje, ya que en muchos casos, basta con aguantar unos meses más para que el recorte se reduzca de forma apreciable. Por ejemplo, si en lugar de jubilarse con 24 meses de adelanto el trabajador lo hace con 19 meses, el coeficiente baja de golpe y se coloca en niveles mucho más contenidos:
- 9,78% con menos de 38 años y 6 meses cotizados.
- 9,33% con entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses.
- 8,89% con entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses.
- 8,40% con 44 años y 6 meses o más.
Si la idea es estirar un poco más y retirarse con 15 meses de adelanto, el recorte vuelve a caer y se nota especialmente cuando la carrera es larga:
- 6,77% con menos de 38 años y 6 meses cotizados.
- 6,46% con entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses.
- 6,15% con entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses.
- 5,85% con 44 años y 6 meses o más.
Y cuando el adelanto se limita a un año (12 meses), el escenario ya es otro: los coeficientes quedan en márgenes todavía más bajos y, en términos comparativos, bastante más asumibles:
- 5,5% con menos de 38 años y 6 meses cotizados.
- 5,25% con entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses.
- 5% con entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses.
- 4,75% con 44 años y 6 meses o más.
Los recortes de la pensión en euros: hasta 705,52 euros menos al mes
Para entenderlo mejor, se puede poner un ejemplo con la pensión máxima, que en 2026 está fijada en los 3.359,60 euros al mes. Si el trabajador decide anticipar la jubilación 24 meses, es decir, el máximo permitido en la modalidad voluntaria, el recorte es el más elevado. En el peor escenario, con un 21% de reducción, la pérdida sería de 705,52 euros mensuales y la pensión se quedaría en 2.654,08 euros al mes. En cambio, si el trabajador tiene más de 44 años y seis meses el coeficiente aplicable es del 13%, el recorte sería de 436,75 euros al mes y la pensión pasaría a 2.922,85 euros.
La diferencia se nota cuando el trabajador no apura el máximo y espera unos meses más. Por ejemplo, si en lugar de jubilarse con 24 meses de adelanto lo hace con 19 meses, el recorte baja de forma clara. Con un coeficiente del 9,78%, la reducción sería de 328,57 euros al mes y la pensión quedaría en 3.031,03 euros. Y si el recorte aplicable fuese del 8,40%, la pérdida mensual sería de 282,21 euros, dejando la pensión en 3.077,39 euros.
Por último, si el trabajador decide adelantar solo un año, es decir, jubilarse con 12 meses de anticipo, los recortes son todavía más moderados. Con un 5,5% de reducción, el ajuste sería de 184,78 euros al mes y la pensión se situaría en 3.174,82 euros. Y con un 4,75%, el recorte sería de 159,58 euros mensuales, por lo que la pensión final quedaría en 3.200,02 euros. Añadir que si la pensión resultante supera la pensión máxima se aplicarían otro tipo de coeficientes.

